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  • Ayuda AUDIENCIA 636 CPCCPBA

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 #495527  por novelabogado
 
Me presento a todos. Navegando por internet encontre este foro que debo confesar me parece excelente. Me fijaron la audiencia del 636 del cod proc civil prov de buenos aires para fines de marzo (en un juzgado de paz). Se que falta bastante pero es mi primera audiencia por eso queria pedirles si no me pueden comentar de que va la audiencia, como transcurre, cual es la actuacion de los abogados (no solo de la parte actora, que soy yo, si no tambien de la demandada) y del juez o secretario, quienes intervienen en dicha audiencia, que temas tendria que tener superclaros (ademas de los hechos, no se: recursos, prueba confesional por si no se llega a un acuerdo, negociacion (que considero ajustado para mi cliente), etc como asi tambien sugerir bibliografia ya que al ser mi primera audiencia no quiero papelones. Desde ya les agradezco por anticipado y espero que me puedan dar una ayudita con lo que se les ocurra, dada mi inexperiencia todo sirve. Saludos y gracias otra vez.
 #495574  por kantaclaro
 
Lo común en estas aud. es que quien la tome (no sé quién lo hará en ese Juz. de Paz) intente que las partes arriben a un acuerdo, siendo la tarea del abogado asesorar a su cliente a tal fin. En caso que no resulte podrá, si ofreciste y así lo dispuso el auto que fijó dicha aud., tomarse la confesional; para la cual deberás presentar las posiciones en sobre cerrado hasta 1/2 hora antes de la hora fijada.
Tras ello, proveerán el resto de la prueba ofrecida y señalarán el tiempo de su producción. Saludos y a tu disposición. Suerte
 #778701  por DraMaricel
 
kantaclaro escribió:Lo común en estas aud. es que quien la tome (no sé quién lo hará en ese Juz. de Paz) intente que las partes arriben a un acuerdo, siendo la tarea del abogado asesorar a su cliente a tal fin. En caso que no resulte podrá, si ofreciste y así lo dispuso el auto que fijó dicha aud., tomarse la confesional; para la cual deberás presentar las posiciones en sobre cerrado hasta 1/2 hora antes de la hora fijada.
Tras ello, proveerán el resto de la prueba ofrecida y señalarán el tiempo de su producción. Saludos y a tu disposición. Suerte
que tal.. estoy en provincia también... lo notificaron a mi cliente de la audiencia del 636. Acompañan además copias de demanda y documental PERO NO INTIMAN A QUE CONTESTEMOS... solo notifican audienica... entonces, en que quedamos?
Osea, teniendo en cuenta, que como decís vos... si no se llega a un acuerdo en dicha audiencia, se toman posiciones (voy x la demandada) y luego se provee la prueba ofrecida... y la contestación nuestra???
espero puedas ayudarme ya que tengo esta audiencia el lunes y es la primera.
Muchas gracias!
 #778872  por kantaclaro
 
El de alimentos es un proceso especial y, en la prov. de Bs. As., con un procedimiento particular.
El "traslado de demanda" no opera "para que en el término de xx la conteste..." como en otros procesos, sino convocando a las aud. del 636 y 637; oportunidad en que el demandado podrá ejercer el derecho que le otorga el art. 640.
Sólo si con la convocatoria a la aud. preliminar se señala que, de no alcanzarse un acuerdo se tomará la confesional, así será; sino se proveerán las pruebas ofrecidas por las partes y, oportunamente, se fijará la aud. de vista de causa. Sds
 #778942  por DraMaricel
 
Ok, muchas gracias por la respuesta! clarísima.

Consulto entonces, para ejercer dcho de art. 640 (en cuanto a la prueba de informes) como puedo ofrecerla??? llevo algun escrito por las dudas? ya que me interesaría se oficie al empleador de la actora para que informe real sueldo percibido por la misma y también adhiero a que oficien al empleador de mi cliente (Ddo).

Y por otra parte llevaría los recibos de mi cliente (últimos 6).

Mas que ésto no tengo que hacer, cierto? o me olvido de algo....??
muchisimas gracias!!!
 #779003  por kantaclaro
 
De tus dichos en la aud. (que incluye el ofrecimiento de prueba informativa), quedará (y así deberás pedirlo) asentado en la audiencia.
Sin perjuicio de ello, si querés llevarlo por escrito, hacélo.
Como decís, no hay más para hacer. Sds
 #779680  por DraMaricel
 
kantaclaro escribió:De tus dichos en la aud. (que incluye el ofrecimiento de prueba informativa), quedará (y así deberás pedirlo) asentado en la audiencia.
Sin perjuicio de ello, si querés llevarlo por escrito, hacélo.
Como decís, no hay más para hacer. Sds
Muchas gracias nuevamente "kantaclaro"!! espero que el lunes salga todo bien! te voy a contar luego como me fue.. me aclaraste realmente las dudas.
Saludos...