Estimados foristas, vino un cliente por una retificacion de partida de nacimiento, debido q el apellido termina con "S" y la partida de nacimiento no la tiene. Mi duda surge x q como es solo 1 sola letra, si el trámite es adm. ante el Reg. de las Personas, o judicial, sorteando demanda ante receptoria de expedientes.
En el caso q sea ante el registro, es personal o puedo realizarlo como abogada? Muchisimas gracias!!!
En el caso q sea ante el registro, es personal o puedo realizarlo como abogada? Muchisimas gracias!!!