Hola a Todos, les comento que esta manana al iniciar un tramite con SDM tuve acceso a un mail interno que se les envio a todos los cordinadores de todas las UDAI del pais que se titula ACLARACIONES EN TORNO A LA CIRCULAR GP Nº 16/10, quiero compartir con todos los puntos sobresalientes
1) Los pedidos de verificacion SOLO seran dispuestos en forma automatica por el SICA, o directamente por la Gerencia Control Prestacional, caso contrario, de no mediar estas requisitorias, las UDAIS conformaran el expediente previsional de acuerdo a las pautas documentales de la circular GP 16/10 en lo referente a la PBU con SDM, mas la mencion explicita del dador de trabajo en el formu Anexo 1, para convalidad la prestacion solicitada, sin requerir la verificacion de dichos servicios. Es decir si se acompaña la documentacion de los puntos a al d de la GP y el sistema no solicito una verificacion, debe darse por aprobado los servicios y convalidar la prestacion solicitada.
2) La merituacion de los antecedentes documentales validatorios de la relacion de empleo debe ser similar a la que se realiza con el resto de las prestaciones, NO HAY UN PROCEDER EXCEPCIONAL para este supuesto, y como acontece en cualquier tramite previsional, en el caso de que existieses dudas respecto a la relacion de empleo declarada, se puede instruir una verificacion de servicios, conforme los procedimientos ya vigentes para otras prestaciones independientemente de que no conforme parte de la muestra que el SICA I seleccionara automaticamente.-
Yo pude iniciar sin problemas, adjunte form 102, anexo 1 con dador , los tickets y los pagos de 43 pq fueron realizados en marzo, y el SICA no me lo envio a verificar, paso a computos.
Por lo que pude averiguar, es dificil que te lo envien a verificar si el SICA no lo pide.
Espero haber aclarado un poquito
Suerte a todos !!!!!!!!
1) Los pedidos de verificacion SOLO seran dispuestos en forma automatica por el SICA, o directamente por la Gerencia Control Prestacional, caso contrario, de no mediar estas requisitorias, las UDAIS conformaran el expediente previsional de acuerdo a las pautas documentales de la circular GP 16/10 en lo referente a la PBU con SDM, mas la mencion explicita del dador de trabajo en el formu Anexo 1, para convalidad la prestacion solicitada, sin requerir la verificacion de dichos servicios. Es decir si se acompaña la documentacion de los puntos a al d de la GP y el sistema no solicito una verificacion, debe darse por aprobado los servicios y convalidar la prestacion solicitada.
2) La merituacion de los antecedentes documentales validatorios de la relacion de empleo debe ser similar a la que se realiza con el resto de las prestaciones, NO HAY UN PROCEDER EXCEPCIONAL para este supuesto, y como acontece en cualquier tramite previsional, en el caso de que existieses dudas respecto a la relacion de empleo declarada, se puede instruir una verificacion de servicios, conforme los procedimientos ya vigentes para otras prestaciones independientemente de que no conforme parte de la muestra que el SICA I seleccionara automaticamente.-
Yo pude iniciar sin problemas, adjunte form 102, anexo 1 con dador , los tickets y los pagos de 43 pq fueron realizados en marzo, y el SICA no me lo envio a verificar, paso a computos.
Por lo que pude averiguar, es dificil que te lo envien a verificar si el SICA no lo pide.
Espero haber aclarado un poquito
Suerte a todos !!!!!!!!
