Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Gastos en Sucesión. Se puede pedir reembolso?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1000190  por marieee
 
Estimados,
me vinieron a consultar por una sucesión que está hecha hasta la declaratoria de herederos. Existe un bien.
Una heredera, la que viene a consultar, quiere terminar con la sucesión que se colgó porque nadie quiere pagar la inscripción.
Su pregunta es si ella hace el pago de todo luego puede pedir que cada heredero le reembolse su parte.
La verdad no lo sé. Creo que si bien lo puedo manifestar, no le van a reembolsar nada. Qué dicen?
Gracias!
 #1000383  por maribelle
 
Mirá, yo he visto que los gastos se expresan al momento de la partición como "hijuela de bajas". O sea, se descuentan del activo, que está dado por el porcentaje que le correspondería en la partición, traducido al valor del bien. Lo que no sé es cómo queda plasmado al momento de aprobar la partición, te aconsejo que pidas hablar con la persona que lleva sucesorios en ese juzgado, yo lo hago siempre porque, mal que nos pese son los que más clara la tienen.
 #1000418  por marieee
 
Gracias por tu respuesta, igual es una sucesión simple, sin partición.
A mi entender si la heredera paga los gastos de inscripción, con eso termina el proceso y como no hace falta más la participación de ninguno de los herederos, se desentienden del pago y ya.-
Alguien más que opine!? *cafe*
 #1000727  por maribelle
 
Se me hace que podés encontrar la respuesta leyendo un poco el temita de la naturaleza jurídica de la sucesión indivisa y qué sucede con las deudas de la misma, no lo tengo presente pero sé que está tratado por los autores.
Saludos.