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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #999641  por drjuancarlos
 
Hola colegas, les comento el caso en el que necesito ayuda. Una docente de nivel inicial ( maestra jardinera) se ve obligada a renunciar.
tengo el sueldo que le corresponde, los días del mes que trabajó, saqué el proporcional de SAC; PERO TENGO DUDA RESPECTO DE:
* CÓMO CALCULAR ELPROPORCIONAL DE VACACIONES NO GOZADAS.( ya que renunció el 15 octubre y las de invierno las tomó.), pero el resto?
* Por otro lado me dijo que renunció el 15 de octubre y recién el 08/11 le depositaron algo que cree es insuficiente ya que equivale según lo que calculó a los días que trabajó antes de renunciar.
Y por su experiencia, cuando le liquidaban mal y reclamaba, le hacían esperar hasta la próxima acreditación de haberes para darle el faltante. Respecto a esto, si al lograr terminarle la liquidación constatamos que le pagaron de menos, correspondería que pongan a su disposición la diferencia a los pocos días verdad? y no esperar un mes más.

Ley, creo, todos los post sobre liquidación de docentes privado, pero en ninguno encontré cómo calcular el proporcional de vacaciones no gozadas y dudas que mencioné.

espero alguien me pueda ayudar. GRACIAS!!!
 #999738  por andresxeneizes
 
* CÓMO CALCULAR ELPROPORCIONAL DE VACACIONES NO GOZADAS.( ya que renunció el 15 octubre y las de invierno las tomó.), pero el resto?
el resto yo lo calcularia salario/25 X dias que le falten tomarse
* Por otro lado me dijo que renunció el 15 de octubre y recién el 08/11 le depositaron algo que cree es insuficiente ya que equivale según lo que calculó a los días que trabajó antes de renunciar.
aca si es insucifiente hace la cuenta y lo pones en la liquidacion cuando armes la demanda
Y por su experiencia, cuando le liquidaban mal y reclamaba, le hacían esperar hasta la próxima acreditación de haberes para darle el faltante. Respecto a esto, si al lograr terminarle la liquidación constatamos que le pagaron de menos, correspondería que pongan a su disposición la diferencia a los pocos días verdad? y no esperar un mes más.
tambien lo que falte lo pones en la liquidacion, despues cuando debieron ponerselo a disposicion solo te sirve para saber los intereses pero no afecta en nada mas ya que la relacion laboral ya termino
 #999795  por drjuancarlos
 
andresxeneizes escribió:
* CÓMO CALCULAR EL PROPORCIONAL DE VACACIONES NO GOZADAS.( ya que renunció el 15 octubre y las de invierno las tomó.), pero el resto?
el resto yo lo calcularía salario/25 X días que le falten tomarse
Hola andresxeneizes, garcias por responder, pero respecto a los días que falten tomarse, ahí es donde tengo duda, porque los docentes no se rigen por el art. 150 de la LCT, donde se tiene vacaciones dependiendo su antigüedad. Sino que tienen las de invierno 15 días y las de verano y ahí es donde no encuentro cuantos días faltarían tomarse en este caso.
Por favor si alguien sabe, pido ayuda. Si saben la normativa aplicable. GRACIAS!!
 #999988  por drjuancarlos
 
Hola andresxeneizes, por eso, esa es mi duda, ¿CUANTOS DÍAS FALTARÍAN? ¿Y DE DONDE SURGIRÍA ESO? SOLO ESO ME FALTA PARA CALCULAR TERMINAR LA LIQUIDACIÓN.
NUEVAMENTE GRACIAS Y SI ALGUIEN LO SABE OJALA LO APORTE PORQUE VI EN ALGUNOS POST, DUDA SIMILAR PARO NO RESPONDIDAS. GRACIAS!!!