Buenos días, necesito hacer una consulta y un pedido. Estoy en una sucesión y represento a dos de los herederos (en total son 3), hay una única propiedad, de la cual la otra parte tiene el 70 % de posesión (ya que uno de mis clientes ocupa el resto donde aconciciono una entrada independiente ya que las relaciones son malísimas) el otro cliente mio quiere su parte. La sucesio ya tiene declaratoria y quiero pedir la partición judicial ya que la contraparte no permite el acceso a mi cliente. También intimamos por CD el canon locativo Nos exigen el pago de 150.000 pesos en concepto de cargas de la sucesión??
un horror! ja alguien tiene modelo de partición judicial de herencia se que tramita por via incidente gracias
solicitaría se designe audiencia,
de acuerdo a lo normado en el art. 732 del C.P.C.C.B.A.
ARTÍCULO 732°: Audiencia. Dictada la declaratoria de herederos o declarado válido el testamento, el juez convocará a audiencia que se notificará por cédula a los herederos y legatarios de parte alícuota, en su caso, y a los funcionarios que correspondiere, con el objeto de efectuar las designaciones de administrador definitivo, inventariador, tasador y las demás que fueren procedentes.
CPCCBA

