Colegas: tengo el siguiente caso:
Tengo un cliente que le llego un oficio ley 22.172, de la provincia de Santiago del Estero, donde le piden evacuar un informe. Al oficio se lo entrego la policia.
Les pregunto el diligenciamiento de dicho oficio no tiene que hacerlo un abogado matriculado en santa fe? (mi cliente es de santa fe).
Espero orientacion. Soy novato en esto.
Tengo un cliente que le llego un oficio ley 22.172, de la provincia de Santiago del Estero, donde le piden evacuar un informe. Al oficio se lo entrego la policia.
Les pregunto el diligenciamiento de dicho oficio no tiene que hacerlo un abogado matriculado en santa fe? (mi cliente es de santa fe).
Espero orientacion. Soy novato en esto.
