Juicio laboral en Capital, conciliado. El demandado deposita y acredita deposito en la causa. Yo como letrado del actor, acompaño saldo y pido se libre giro. Cuando lo voy a acreditar en la causa, el expte esta en el fiscal con el convenio conciliatorio que se firmo. Consulta: Siempre que se concilia, el expte va el fiscal? Cuanto demoran generalmente entre que acompañan saldo y piden giro, hasta que el cheque esta disponible para el cobro? Gracias.