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  • como pagar tasa de justicia sucesion?

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 #1000545  por jerry
 
Estimados.
En una sucesion, dos en una, conyuges fallecen,primero esposa dsp esposo, hay un solo bien, ya tengo la la cedula catastral y certificado de catastro que me lo entrego el agrimensor.. lo presente en el expediente.. mi pregunta es la siguiente:

1) en el reservo de la hoja de Declaracion jurada de bienes, donde dice se transmite... pongo el 100% no?
2) agregue el 10 % de cosas muebles..me dio en total 150 mil, de eso le saco el 2,2 %..que formulario uso? el q esta en las pag del colegio?
3) la sobretasa q es el 10% como la pago?
ayuuudaa
 #1000555  por santiheladero
 
Depende del caracter del bien y qienes son los herederos el porcentaje qe se transmite. En prov la tasa se paga en el bco provincia y la sobre tasa en la caja.
la tasa se calcula :sobre la base del valor agregas 10% en concepto de inmuebles. A eso le sacas el 2,2 en caracter de tasa, y a ese resultado el 10% en caracter de sobre tasa. La suma de ambos es lo que se abona en concepto de tasa de justicia.
 #1000632  por jerry
 
gracias, cuando tengo q completar el formulario de tasa me pide nombre y apellido.. que pongo ahi? el nombre del q va a pagar o del causante?? es un formulario de tasa por cada causante??
 #1013649  por GABRILITAIURIS
 
Hola, reabro el post porque tengo la misma inquietud, es una boleta detasa de justicia por cada causante??? lo mismo con la boleta de sobretasa de justicia del colegio respectivo?

otra duda, son 3 conceptos los que hay que abonar??? Serian TASA DE JUSTICIA, SOBRE TASA DE JUSTCIA Y UN 10% EN CONCEPTO DE MUEBLES???

eSPERO HABER SIDO CLARA.mUCHAS GRACIAS!
 #1235872  por YAMILAKANN
 
Hola, buenos días. Tengo la siguiente consulta.

Puedo pagar la tasa de justicia en dos momentos distintos?

Hay dinero en una cuenta judicial que para liberar tengo que pagar tasa, luego hay otro monto de dinero proveniente de un reajuste que se va a liberar a posteriori (120 días por la ejecución). Para que el heredero empiece a percibir el dinero se me ocurrió pagar el 1,5% de la tasa sobre la primera liberación y cuando tenga el otro saldo proveniente del reajuste, pago la tasa el otro 1,5 % por ese otro valor. Es posible o deliro? GRACIAS