Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DOMINIO EN PCIA. BS. AS. QUÉ DIFERENCIA ?

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1000605  por abogado_1987
 
Doctomasito escribió:Hola gente. preguntita casi insignificate : qué diferencia hay entre CERTIFICADO DE DOMINIO y COPIA DE ASIENTO REGISTRAL ? Muchas gracias.
Certificados de Dominio
¿Qué es?¿De que se trata?
¿Para quien es?
¿Quién lo puede realizar?
¿Qué necesito para hacer el trámite?
¿Cuánto demoro en hacerlo?
¿Cuánto demoro en obtenerlo?
¿Cómo recibo el resultado o producto del trámite?
¿Cuánto cuesta?
¿Dónde lo puedo hacer?
Horario de atención
Períodos de mayor concurrencia
Canal de relación

¿QUÉ ES?¿DE QUÉ SE TRATA?:
Trámite mediante el cual puede obtenerse el conocimiento de la situación jurídica de un determinado inmueble a partir de su número de inscripción. Ningún escribano o funcionario público podrá autorizar documentos de transmisión, constitución, modificación o cesión de derechos reales sobre inmuebles, sin tener a la vista esta certificación (art. 23 ley 17.801). Expedida una de estas certificaciones, el Registro tomará nota en el folio correspondiente. Esta certificación producirá los efectos de anotación preventiva a favor de quien requiera, en el plazo legal, la inscripción del documento para cuyo otorgamiento fue solicitado. (conf. Art. 25 ley 17.801).


¿PARA QUIÉN ES?:
Exclusivamente para los escribanos que deban autorizar un documento donde conste transmisión, constitución, modificación o cesión de derechos reales sobre inmuebles.


¿QUIÉN LO PUEDE REALIZAR?:
Los escribanos públicos.


¿QUÉ NECESITO PARA HACER EL TRÁMITE?:
Completar los Formularios que se descargan de la sección "descargas" de este sitio, suscribirlo y presentarlo por sí, por tercero autorizado o mediante gestor administrativo matriculado en Mesa de Entradas del Organismo.


¿CUÁNTO DEMORO EN HACERLO?:
Para la presentación del formulario el tiempo de demora puede alcanzar los 15 minutos.


¿CUÁNTO DEMORO EN OBTENERLO?:
Simple:7 días para Escribanos con registro en la ciudad sede del Organismo y 10 días para los Escribanos con registros en otras juridicciones.
Urgente: 2 días
En el día: Deben ingresar antes de las 10:00 hs, se retira en el mismo día del ingreso, dependiendo de la disponibilidad operativa del Organismo.


¿CÓMO RECIBO EL RESULTADO O PRODUCTO DEL TRÁMITE?:
Al presentar el documento en Mesa de Entradas de Sede Central o Delegación regional, se entrega como recibo un ticket con número de ingreso, fecha y hora.
Para retirarlo, deberá presentar el ticket por ventanilla de Salida General en el caso de haber sido ingresado el documento en sede central, o en la respectiva Delegación Regional.
En sede Central existen casilleros que pueden alquilarse, y que se identifican con un número. Ese mismo número se coloca mediante sello en la documentación del interesado previo al ingreso por Mesa de Entradas. De esa manera, una vez que se concluya el procesamiento del trámite, personal de Salida General remite el documento al casillero, de donde lo retira el interesado (ver alquiler de casilleros).
- Volver

Fotocopia de Asientos Registrales
¿Qué es?¿De qué se trata?
¿Para quién es?
¿Quién lo puede realizar?
¿Qué necesito para hacer el trámite?
¿Cuánto demoro en hacerlo?
¿Cuánto demoro en obtenerlo?
¿Cómo recibo el resultado o producto del trámite?
¿Cuánto cuesta?
¿Dónde lo puedo hacer?
Horario de atención
Períodos de mayor concurrencia
Canal de relación

¿QUÉ ES?¿DE QUÉ SE TRATA?:
Trámite mediante el cual puede obtenerse una simple fotocopia de asientos registrales que posea éste Registro. Puede ser requerida sobre inscripciones realizadas en folio real o folio protocolizado, o fotocopias de asientos de anotaciones personales.


¿PARA QUIÉN ES?:
Para el conocimiento de todas las personas que tengan interés legítimo en obtener los datos referidos o sean profesionales designados en el Decreto 5.479/65.


¿QUIÉN LO PUEDE REALIZAR?:
Solo las personas autorizadas por las disposiciones vigentes para suscribir los correspondientes formularios de solicitud. Ellos son: escribanos, abogados, procuradores, ingenieros, agrimensores, síndicos actuantes en quiebras o concursos y martilleros (art. 21 del Decreto 5.479/65).
Además, siempre que se solicite información de sí, un requirente puede suscribir el formulario sin necesidad de intervención de un profesional. También puede hacerlo el/la cónyuge del titular, cuando se solicite sobre bienes de origen ganancial.
Pueden ser requeridas por gestores administrativos matriculados.


¿QUÉ NECESITO PARA HACER EL TRÁMITE?:
Completar los Formularios que se descargan de la sección "descargas" de este sitio. Si es profesional, una vez suscripto y sellado, debe ingresarlo por Mesa de Entradas.
En caso de solicitante particular, debe presentarse por ante los profesionales de Mesa de Entradas o Jefe de Delegación Regional a efectos de que certifiquen la firma, la titularidad del derecho o su interés legítimo en la obtención de la información. A fin de comprobar la titularidad debe comparecer con título de propiedad y Documento de Identidad.


¿CUÁNTO DEMORO EN HACERLO?:
Para la presentación del formulario el tiempo de demora puede alcanzar los 15 minutos. En caso de que deba ser autenticada la firma por personal del Organismo (cuando sean requirentes particulares, no profesionales), podrá extenderse hasta un lapso de media hora.


¿CUÁNTO DEMORO EN OBTENERLO?:
Simple: 15 días
Urgente: 2 días
En el día: Debe ingresar antes de las 10:00 hs, se retira el mismo día del ingreso, dependiendo de la disponibilidad operativa del Organismo.



¿CÓMO RECIBO EL RESULTADO O PRODUCTO DEL TRÁMITE?:
Al presentar el documento en Mesa de Entradas de Sede Central o Delegación regional, se entrega como recibo un ticket con número de ingreso, fecha y hora.
Para retirarlo, deberá presentar el ticket por ventanilla de Salida General en el caso de haber sido ingresado el documento en sede central, o en la respectiva Delegación Regional.
En sede Central existen casilleros que pueden alquilarse, y que se identifican con un número. Ese mismo número se coloca mediante sello en la documentación del interesado previo al ingreso por Mesa de Entradas. De esa manera, una vez que se concluya el procesamiento del trámite, personal de Salida General remite el documento al casillero, de donde lo retira el interesado. (ver alquiler de casilleros).


¿DÓNDE LO PUEDO HACER?:

Utilice el buscador de delegaciones para encontrar el lugar mas cercamo a su domicilio para iniciar el trámite.


HORARIO DE ATENCIÓN:
El horario de ingreso en Sede Central para trámites simples y de 48 hs es de 7.30 a 13.30 hs. Los trámites de 24 hs y en el día podrán ingresar hasta las 10 hs.
En Delegaciones Regionales el horario de ingreso es de 8 a 12 hs para trámites simples y 48 hs. Para trámites 24 hs el horario es de 8 a 10 hs.
Para el retiro de documentos simples y de 48 hs el horario es de 8 a 13 hs.
Para el retiro de trámites 24 hs el horario es hasta las 15 hs.

http://www.rpba.gov.ar/index.php?option ... &Itemid=26