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 #1000847  por mauricio198308
 
Gente, buenas. Duda existencial. Tengo proceso laboral por despido sin causa que tramita en el departamento judicial de San Isidro. La constitución del domicilio tengo que hacerla dentro del partido de San Isidro necesariamente o puedo hacerla dentro de cualquier partido perteneciente al departamento judicial en cuestión???? No encontré esta info en la ley de procedimiento de bs as.

Gracias por la ayuda colegas.
Saludos!
Mauricio
 #1000861  por mauricio198308
 
Gracias por la respuesta. Si, obvio que tiene que ser dentro del radio del tribunal, pero cuando hablamos de "radio" implica jurisdicción administrativa (PARTIDO) o jurisdicción judicial (DEPARTAMENTO JUDICIAL). Esa es mi duda realmente.

Saludos!
Mauricio
 #1000866  por eltam88
 
Dentro del radio de la sede del tribunal, no de todo el departamento. Ej yo litigo en el de MERCEDES, si me toca el tribunal de trabajo de Bragado en tal ciudad debo constituirlo., no debo constituirlo en Mercedes que está a 100 km o Chivilcoy que está 55 km.