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  • PODER ESPECIAL JUDICIAL EN SUCESION SIRVE PARA ESCRITURAR?

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 #1000987  por MARY87
 
Hola a todos!!
Tengo un temita a ver si alguno sabe y me puede ayudar. EStoy tramitando una sucesion donde uno de los herederos reside en España y me otorgó un Poder Especial Judicial para iniciar la sucesión y realizar todos los trámites hasta su total culminación donde dice también que puedo cobrar y percibir cantidades de dinero relacionados con el juicio por la venta de inmuebles y cuanto acto y diligencia sea necesaria para el mejor desempeño. La pregunta es puedo con este poder escriturar en nombre del heredero? Porque el abogado de la parte compradora me lo está objetando diciendo que no sirve para escriturar.
Aguardo sus comentarios
Gracias
Saludos
MARY
 #1001103  por abogado_1987
 
MARY87 escribió:Hola a todos!!
Tengo un temita a ver si alguno sabe y me puede ayudar. EStoy tramitando una sucesion donde uno de los herederos reside en España y me otorgó un Poder Especial Judicial para iniciar la sucesión y realizar todos los trámites hasta su total culminación donde dice también que puedo cobrar y percibir cantidades de dinero relacionados con el juicio por la venta de inmuebles y cuanto acto y diligencia sea necesaria para el mejor desempeño. La pregunta es puedo con este poder escriturar en nombre del heredero? Porque el abogado de la parte compradora me lo está objetando diciendo que no sirve para escriturar.
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Gracias
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MARY
¿especifica el poder los inmuebles?
(ej. inmuebles del acervo sucesorio de ...., o el inmueble sito en la calle ...)

Art. 1.881. Son necesarios poderes especiales: ...
7° Para cualquier contrato que tenga por objeto transferir o adquirir el dominio de bienes raíces, por título oneroso o gratuito;

Art. 1.887. El poder de vender bienes de una herencia, no comprende el poder para cederla, antes de haberla recibido.
 #1001182  por Santina87
 
MARY87 escribió:Hola a todos!!
Tengo un temita a ver si alguno sabe y me puede ayudar. EStoy tramitando una sucesion donde uno de los herederos reside en España y me otorgó un Poder Especial Judicial para iniciar la sucesión y realizar todos los trámites hasta su total culminación donde dice también que puedo cobrar y percibir cantidades de dinero relacionados con el juicio por la venta de inmuebles y cuanto acto y diligencia sea necesaria para el mejor desempeño. La pregunta es puedo con este poder escriturar en nombre del heredero? Porque el abogado de la parte compradora me lo está objetando diciendo que no sirve para escriturar.
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MARY
El poder que necesitás para transferir el dominio en nombre y representación de tu mandante, es un poder especial para vender un inmueble en particular, los poderes especiales son necesarios para negocios en particular; el especial judicial para tramitar la sucesión no reune los requisitos del Art. 1881 7º) CC
Pedile a tu cliente que te otorgue en España un poder especial para vender -con la obligación de rendir cuentas- (detallando los inmuebles que correspondan), el cual deberá ser legalizado por el Consulado argentino en España a efectos de utilizarlo aquí, si estás en Bs.As.
Saludos
 #1001357  por valentinoblanco
 
MARY87 escribió:Hola a todos!!
Tengo un temita a ver si alguno sabe y me puede ayudar. EStoy tramitando una sucesion donde uno de los herederos reside en España y me otorgó un Poder Especial Judicial para iniciar la sucesión y realizar todos los trámites hasta su total culminación donde dice también que puedo cobrar y percibir cantidades de dinero relacionados con el juicio por la venta de inmuebles y cuanto acto y diligencia sea necesaria para el mejor desempeño. La pregunta es puedo con este poder escriturar en nombre del heredero? Porque el abogado de la parte compradora me lo está objetando diciendo que no sirve para escriturar.
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Gracias
Saludos
MARY
corta la bocha: un amigo mio , ademas, muchacho de "mucha calle" primero 8) , y colega, despues, presumiria que te falta "algo" que no queres especificar, y "eso" no puede o no debe venir de españa o no lo debe saber el mandante.... 8)

en ese caso, busca un escribano amigo...."ese" amigo que lo tranfiera a un "hombre de paja"...y luego el "espantapajaros" lo vende libremente.