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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #980825  por LUROLET
 
ESTIMADOS FORISTAS:
Se inicia en 2001 un divorcio por presentación conjunta Art. 215 CC.
Durante todos estos años el expte entró y salió del archivo nunca se pudieron llevar a cabo las audiencias en conclusión quedó en la nada.
La colega que patrocinaba a mi futura clienta (hace meses que no podemos ubicarla, mi primera intención era que pudieran retomar el contacto) siguió haciendo presentaciones “suscriptas por la peticionante”.-

Asimismo, en el año 2005 la misma colega inicia un expte por la causal 214 inc 2.-
El juez solicita que previamente manifieste respecto del expte 215. Después de varias presentaciones infructuosas, desiste del proceso 215. y el juez manda correr traslado del desistimiento, allí quedó el expte.
Por lo que me dice mi clienta estas últimas presentaciones ella no las firmó ¿se comprende? Tenemos claro que por la via del 215 no va poder ser.
Voy a correr el traslado del desistimiento en el 215 como primera medida.

He visto ambos exptes porque concurrí a verlos con mi cliente.

Ya curse el aviso previo de sust de patrocinio y tengo que presentarme en las actuaciones:

Mi pregunta en el segundo expte hay solo una solicitud de tramite y alli el juez proveyo que previo debía resolverse el otro expte. No hay escrito alguno. Es en Pcia de Bs As el escrito peticionando el divorcio 214 no debió hacerlo al presentar la carátula como en capital no lo veo?

otra cuestión había constituido en el domicilio de el hermanastro de mi cliente por lo que la renuncia de mi cliente al patrocinio la envié como mi aviso de sust al legal registrado en su colegio está bien?

Gracias
 #980939  por gaby1973
 
En Pcia se presenta solo la solicitud de trámite en los divorcios, luego se fija audiencia (etapa previa) si fijadas las audiencias de la etapa previa no se llega a un acuerdo ese es el momento de presentar la demanda...

Y con respecto a la sustitución se manda al domicilio constituido en el expediente, no obstante en este caso los mandarias a los dos....
 #1000616  por vcrp1978
 
Buenos dias lurolet, como te fue con el divorcio y desistimiento. Yo tengo una situacion parecida pero entre un pedido y otro de divorcio pasaron 3 dias, uno fue pedido por el esposo atravez del inc y el otro por la esposa (mi futura clienta) por 215. Ahora tuvieron la primer audiencia por el 214 y se cerro porque la esposa asistio sin patrocinio. En diciembre tenemos la otra audiencia pero mientras quiero desistir del expediente 215.

Segun entiendo primero debo notificar al otro colega que lo relevo y despues me presento en el expediente para desistirlo?

Es en el juzg de lomas de zamora.
 #1001216  por LUROLET
 
buenas noches. Si queres desistir del 215 enviale a la colega que rpresentaba anteriormente a tu clienta el aviso de sustitución de patrocinio(podes dirigirlo al domicilio que constituyo en el expte o al que tiene denunciado en su colegio departamental lo presentas en el colegio en que esta matriculada) con la copia del aviso que te queda a vos lo adjuntas a un escrito en el que tu clienta se presenta con tu nuevo patrocinio adjuntas el aviso de sustutución, tu clienta manifiesta que desiste de ese proceso para continuar las actuacónes del 214. si no se notificó nada a la otra parte no van a correr traslado del desistimiento a la contraria. si no tambien cuando se celebre la audiencia por el 214 ahí que las partes cierren desistan el 215 porque tienen que estar tramitando en el mismo juz. Pedí la acumulación.
seguimos conversando. un saludo.