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 #1001291  por DraSabri
 
HOLA colegas!

tengo para iniciar un juicio por cumplimiento contractual, o cobro de suma de pesos, no se como encararlo...
se trata de un boleto de compraventa, con pago en cuotas, incumplido.
Quiero ejecutar el cobro del saldo de precio mas intereses, no resolver el contrato.

Tengo un boleto de A (mi cliente) que vende a 2 personas, mas un garante. con saldo de precio en cuotas.
Luego, abajo, tengo una CESION DE DERECHOS por un precio que cobra el cedente (antes comprador), y el cesionario se compromete a abonar la deuda. O sea, tengo una cesión del deudor, NO notificada al acreedor. Estos nuevos DEUDORES CESIONARIOS COMPRADORES son dos. Luego, en un renglon, aparece un tercero que firma como GARANTE de la deuda.

A mi cliente le conviene ejecutar a ellos porque son solventes, pese a no estar notificado y no serle oponible... pero la idea es hacerlo igual.
Ya mande CD a los 3, 2 deudores principales ceisonarios, y una garante.-

Voy a iniciar mediacion.
Puedo ir a la par contra el GARANTE ??? o tengo primero que ejecutar / demandar a los deudores principales y recien luego al garante???
 #1001395  por DraSabri
 
A mediación a todos juntos no?

Nunca inicie juicio contra deudor principal y garante, entonces de alli surgió mi duda.. en este caso no tengo la leyenda de principal pagador, ni renuncia a beneficio es excusión, es como una garantía pura... de las que ya no se ven!....

Por eso dudo de si no tendre primero que agotar las instancias contra el deudor principal para recien luego poder ejecutar al garante...
 #1001458  por fernando1983
 
Fijate en el contrato, pero si es garante debería ser solidariamente responsable, por lo tanto podés iniciar contra todos juntos y que se maten entre ellos.
Saludos,
 #1001505  por andresxeneizes
 
DraSabri escribió:A mediación a todos juntos no?

Nunca inicie juicio contra deudor principal y garante, entonces de alli surgió mi duda.. en este caso no tengo la leyenda de principal pagador, ni renuncia a beneficio es excusión, es como una garantía pura... de las que ya no se ven!....

Por eso dudo de si no tendre primero que agotar las instancias contra el deudor principal para recien luego poder ejecutar al garante...
yo creo que en la practica agotas la instancia a la vez, no vas a hacer un juicio primero contra el deudor principal y cuando termines este y no te pague iniciar otro contra el garante y que en el medio se prescriba la accion contra el garante.
en todo caso para agotar la instancia intima por cd al deudor principal, pero mas que eso seria totalmente ilogico que te pidan.
y si a la mediacion yo llevaria a los dos porque despues sino el juzgado te la va a hacer reabrir a la mediacion
 #1001545  por DraSabri
 
ta... gracias!
Si ya hay CD enviadas a todos, no contestadas...
Asi que ahora voy a ir a mediación, y me entró esta duda, porque como es una cesion de derechos maaaaal hecha, en 5 renglones, dice "xx firma en garantía de la presente clausula" muuy mal hecho, reitero. Eso es todo.
Pero bueno, la duda surgió porque no vaya a ser cosa que me impongan costas!
Gracias una vez mas!