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  • D.I. Indem + daños y perjuicios?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1001428  por HowardPhillips
 
Hola a todos, como están? espero que bien soy nuevo aquí y tengo algunas dudas que quizá sepan evacuar. El caso es el siguiente:

Relación de trabajo 02-2002/11-2013
2002/2007 en negro, 2007 en adelante, registrado sin recibir los aportes ni los recibos de sueldo, no se respetaba el acuerdo salarial por una diferencia de por lo menos un %40 menos, sin aguinaldos ni ANR. Los últimos 2 años se trabajaba medio jornal 3/4hs donde la ultima es hora extra ya que el acuerdo dice medio jornal 3hs diarias con un sueldo del %65 del acuerdo por jornal completo. La empresa una SRL, se mando un primer telegrama y luego un segundo telegrama ya que el primero nunca lo retiraron, el segundo si llegó. no hubo ninguna respuesta en mas de una semana por lo tanto se tiene el derecho a despido indirecto, no?. Ahora, a lo que voy. Aparte de la indemnización y diferencias de sueldos de los últimos 2 años se puede reclamar daños y perjuicios? daños morales? Convengamos que, la empresa al no emitir un recibo y al no hacer los aportes el empleado no goza de sus derechos como la obra social por ende tiene que solventar todo por su cuenta, ni si quiera se puede sacar un crédito personal o comprar un teléfono por decir algo al no tener un recibo. Y son mas de 10 años, ustedes que dicen?.
 #1001476  por fernando1983
 
Estimado:
Daños morales por despido indirecto,no... Igualmente hay varias multas laborales que les podés reclamar tanto dentro de la LCT como fuera de la LCT. Pero en el primer telegrama a qué intimabas y bajo qué apercibimiento? Luego hiciste efectivo el apercibimiento?
 #1001528  por andresxeneizes
 
. no hubo ninguna respuesta en mas de una semana por lo tanto se tiene el derecho a despido indirecto, no?
si hubo intimacion a que se registre correctamente en los telegramas que decis que se mandaron pero no se que decian y no hubo respuesta si
Ahora, a lo que voy. Aparte de la indemnización y diferencias de sueldos de los últimos 2 años se puede reclamar daños y perjuicios? daños morales?
la jurisprudencia y doctrina hablan de que la indemnizacion por despido y demas rubros comprenden lo que serian esos daños que decis.
igual primero que daños morales, fijate cuanto dan las multas y ver si podes cobrar eso primero que nada y si estaba todo en negro yo no dejaria de pedir informe a igj o registro de las personas si es provincia para que te digan quienes son los socios gerentes para demandarlos solidariamente
 #1001552  por HowardPhillips
 
Hola, gracias por las respuestas.

INTIMO PAZO DE LEY 30 DIAS DE CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY ETC ARTS 08-09-10-11-14 Y 15 Y SUS MODIFICATORIAS LEY 25 345 ARTS 43 AL 47 CONCORDANTES (FECHA DE INGRESO REAL DICIEMBRE DE 2012 ETC)

ASI MISMO INTIMO PLAZO DE 48HS ABONE DIFERENCIAS SALARIALES DESDE MI INGRESO Y DEMAS ADICIONALES QUE CONFORME AL APLICABLE A LA ACTIVIDAD CORRESPONDEN TODO EN APERCIBIMIENTO DE CONSIDERARME DESPEDIDO ANTE LA GRAVE INJURIA A MIS INTERESES LABORALES CASO CONTRARIO ACCIONARE ADMINISTRATIVA Y/O JUDICIALMENTE QUEDA USD DEBIDAMENTE NOTIFICADO Y EMPLAZADO.

Este fue el 1er telegrama, no lo quisieron recibir tampoco lo fueron a retirar asi que se envió otro telegrama ya que no hubo respuesta, este sí llegó y tampoco hubo respuesta epistolar, entonces se enviaron 4 telegramas mas, 1 a la empresa SRL y uno a cada socio de la empresa (3) agregando como dicen ustedes algunos detalles y leyes.

Ahora "la jurisprudencia y doctrina hablan de que la indemnización por despido y demás rubros comprenden lo que serian esos daños que decís." así que mas allá de la indemnización y diferencias de sueldos no se puede agregar daños y perjuicios? daños morales? eh visto fallos en donde se otorga una remuneración, pero en esos casos por ejem el prestador intima a la empresa, la misma despide al empleado y se lo acusa de robo/fraude entonces al ganar el empleado tambien puede acotar daños y perjuicios, injuria contra la empresa, cierto? convengamos que son 12 años donde al no hacer aportes ni entregar un recibo de sueldo el empleado es perjudicado al no poder ni siquiera comprar medicamentos, ver a un medico, cambiar anteojos por ejemplo. Les agradezco mucho el interés.
 #1001553  por HowardPhillips
 
Escribí mal el detalle del telegrama la fecha de ingreso es 2002, el primer telegrama se envió el 27-09-13 y el empleado dejó de ir el 05-11-13 creo que tuvieron bastante tiempo para responder.
 #1001557  por andresxeneizes
 
HowardPhillips escribió:Hola, gracias por las respuestas.

INTIMO PAZO DE LEY 30 DIAS DE CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA LEY ETC ARTS 08-09-10-11-14 Y 15 Y SUS MODIFICATORIAS LEY 25 345 ARTS 43 AL 47 CONCORDANTES (FECHA DE INGRESO REAL DICIEMBRE DE 2012 ETC)

ASI MISMO INTIMO PLAZO DE 48HS ABONE DIFERENCIAS SALARIALES DESDE MI INGRESO Y DEMAS ADICIONALES QUE CONFORME AL APLICABLE A LA ACTIVIDAD CORRESPONDEN TODO EN APERCIBIMIENTO DE CONSIDERARME DESPEDIDO ANTE LA GRAVE INJURIA A MIS INTERESES LABORALES CASO CONTRARIO ACCIONARE ADMINISTRATIVA Y/O JUDICIALMENTE QUEDA USD DEBIDAMENTE NOTIFICADO Y EMPLAZADO.

Este fue el 1er telegrama, no lo quisieron recibir tampoco lo fueron a retirar asi que se envió otro telegrama ya que no hubo respuesta, este sí llegó y tampoco hubo respuesta epistolar, entonces se enviaron 4 telegramas mas, 1 a la empresa SRL y uno a cada socio de la empresa (3) agregando como dicen ustedes algunos detalles y leyes.
esta perfecto podes configurar el despido, mandaste telegrama a la afip?
HowardPhillips escribió: Ahora "la jurisprudencia y doctrina hablan de que la indemnización por despido y demás rubros comprenden lo que serian esos daños que decís." así que mas allá de la indemnización y diferencias de sueldos no se puede agregar daños y perjuicios? daños morales? eh visto fallos en donde se otorga una remuneración, pero en esos casos por ejem el prestador intima a la empresa, la misma despide al empleado y se lo acusa de robo/fraude entonces al ganar el empleado tambien puede acotar daños y perjuicios, injuria contra la empresa, cierto? convengamos que son 12 años donde al no hacer aportes ni entregar un recibo de sueldo el empleado es perjudicado al no poder ni siquiera comprar medicamentos, ver a un medico, cambiar anteojos por ejemplo. Les agradezco mucho el interés.
el caso de la acusacion de robo es excepcional porque ahi hay algo externo ajeno a los incumplimientos de la ley 24013, que es la que otorga las indemnizaciones agravadas por la falta de aportes, y para el tema del robo no hay ley alguna que otorgue una indemnizacion agravada por eso se pide ahi el daño moral.
 #1001564  por HowardPhillips
 
Hola, clasicismo, muchas gracias!. El telegrama a la Afip aun no se envió pero se puede hacer después cierto? al fin y al cabo de eso el empleado no cobra nada "no?" aunque es importante si. La prioridad por ahora es llegar a un acuerdo pronto en conciliación mediante una citación en la secretaría de trabajo nac la idea es no hacer esto tan largo.
 #1001612  por HowardPhillips
 
andresxeneizes escribió:yo lo mandaria ahora, tecnicamente se manda al momento en que se manda la intimacion a registrar, pero calculo que si lo mandas antes de ir al seclo no pasa nada
Pero fijate estos detalles, desde 2007 figura aunque no se acreditaron los aportes, pero figura. A fines de 2012 deja de aparecer en anses y afip pero no hay despido ni fecha de cese, porque desaparecería el ultimo año? digo, sin el despido? en afip dice: fecha de inicio 08-11-2007 - Fecha de cese no figura.
 #1001626  por andresxeneizes
 
HowardPhillips escribió:
andresxeneizes escribió:yo lo mandaria ahora, tecnicamente se manda al momento en que se manda la intimacion a registrar, pero calculo que si lo mandas antes de ir al seclo no pasa nada
Pero fijate estos detalles, desde 2007 figura aunque no se acreditaron los aportes, pero figura. A fines de 2012 deja de aparecer en anses y afip pero no hay despido ni fecha de cese, porque desaparecería el ultimo año? digo, sin el despido? en afip dice: fecha de inicio 08-11-2007 - Fecha de cese no figura.
pero la ley que ahora no recuerdo cual es dice que tenes que mandar el telegrama a afip contemporaneamente con el que intimas a regularizar si pretendes cobrar las multas, sino lo haces es muy probable que el juzgado deniegue las multas, todo esto sin importar lo que aparezca en afip que es materia de prueba en el juicio
 #1001755  por fernando1983
 
Estimado:
Ahora ya mandaste el telegrama, para la próxima fiajte dos cositas de la 24.013
1) la multa del art. 8 no es acumulable a la del 9 y 10. El art. 8 procede cuando el trabajador no está registrado, no sería el caso de tu cliente que estaría deficientemente registrado (arts. 9 y 10).
2) Hacé como dice Andrés con la copia a la AFIP, y ojo con esto porque puede no cobrar las multas de la 24.013: fijate que el artículo 11 establece que para hacer efectiva la multa el trabajador debe remitir copia a la AFIP dentro de las 24 horas (lo más práctico es enviarla instantaneamente, pero tenés hasta 24 horas). En este caso puntual que ya se pasó el plazo, yo la enviaría igualmente cuanto antes.
Saludos,
 #1003982  por HowardPhillips
 
A ver muchachos tengo la conciliación pronto, saque esta cuenta a grosso modo:

Salario CCT asociación trabajadores de las comunicaciones Aatrac/Arpa.
Fecha real de ingreso 02-2002/11-2013 = 11 años

Convenio actual salario jornal 6hs $4.438 + %8 ANR = $4.793.04

El prestador cumplía 4hs diarias lo cual según el convenio es medio jornal (3hs), mas la cuarta hora que corre como extra al %200, según el acuerdo el medio jornal se paga al %65 del jornal completo.

Haber abonado por la empresa al prestador por 4hs diarias: $1800. Cuando debería ser: el %65 de $4.793 = $3115 + la hora extra diaria que al mes son $1.597 total $4.712.68

Dif salariales últimos 24 meses $4712.68 x 24 $113.104.38 MENOS $1800 x 24 = $69.904.32

Mes de integración: $4.712
Preaviso: $9.424
Proporcional SAC 1° y 2° cuota año 2013 $4.712
Proporcional vacaciones $4.712
Multas Art 9 - 24.013 - $70.690
Art 80 - LCT - $14.138
Art 2 - 25.323 $11.781

Me da: $190mil pesos.

Alguna incompatibilidad? o se me pasa algo por alto? es obvio que no voy a lograr esta suma pero, de aquí podemos guiarnos.
 #1024925  por HowardPhillips
 
Estimados:

Sacando nuevas cuentas el total de la demanda se va a casi 300.000 pesos, la abogada opositora nos hizo una oferta de 30.000 pesos cosa que me parece muy ridícula, y hoy me ofreció 60, cosa que sigue siendo ridícula teniendo en cuenta la antigüedad del empleado y las faltas que hacen al caso. Por ende, estamos muy lejos de conciliar. Ahora necesito una consejo: Supongamos que esta empresa SRL la cual tiene 3 socios antes de perder el juicio o después presenta quiebra o vende la SRL, cual debería ser el mejor accionar? ellos pueden al presentar la venta o quiebra de la empresa "safar" de sus obligaciones en el fallo? correspondería en todo caso el embargo de inmuebles? de los 3 socios uno cobra puntos en la legislatura, otro es empleado de una gran empresa, ambos tienen casas deptos autos varios.