Hola foristas, se homologo un acuerdo. en la parte final de la sentencia dice: (líbrese por Secretaría el correspondiente Oficio de Apertura Cuenta Nueva en Banco) alguien puede explicármelo, se que ya no se emiten mas cheques como antes y el cliente debe ir directamente al banco a cobrar, pero como es el tema del oficio? gracias.
lardo_11 escribió:Hola foristas, se homologo un acuerdo. en la parte final de la sentencia dice: (líbrese por Secretaría el correspondiente Oficio de Apertura Cuenta Nueva en Banco) alguien puede explicármelo,Significa simplemente eso, dado que no había una cuenta bancaria correspondiente a ese juicio, se ordena la apertura de una. En esta cuenta se van a depositar las sumas establecidas en el acuerdo
Esto no tiene nada que ver con los libramientos de los giros que se hagan después, que pueden ser los de siempre o los electrónicos