Tengo un alimentos con sentencia y con 1 año de provisorios adeudados que tengo que ejecutar. La pregunta es si la liquidacion se presenta en el alimentos o tengo q inciiar incidente?
Es indistinto. Presentala en el expte. de alimentos porque si el juzgado dispone que vayas por separado te lo dirá.
"Nuestra herramienta es el idioma escrito. Cuidemos la ortografía. Usemos las mayúsculas y signos de puntuación." No hagamos consultas que se resuelven con la simple lectura de los códigos. Saludos,
Tiburcio