Por lo que estuve viendo ya no puedo apelar la sentencia porque transcurrieron unos cuantos meses. Pero la pregunta es: tengo algún recurso para frenar este nuevo embargo? O directamente tengo que ir por un ordinario?
entiendo que el ordinario solo es si se discute la causa del credito, no para discutir el porcentaje de intereses, ya que eso se hace cuando se da traslado de la liquidacion, por lo que entiendo que ya precluyo la etapa para ello
Si tomamos el capital inicial de $18.000 (año 1998) me parecen usurarios los intereses a los cuales se lo condenó. Vos que opinás?
hay que ver que dice el contrato en relacion a los intereses, asi relatado pareceria que estamos hablando de un 480% de intereses en 15 años, un 32% anual, es decir un 2,66% mensual, es decir al dia de hoy es la inflacion que hay, es cierto hubo periodos con menos inflacion, pero hubo periodos con mas inflacion ejemplo fines de 2001 a 2003.
no me parece usurario firmar un contrato con este porcentaje de interes entre privados.
la otra parte podria alegar que con $ 18000 podia comprar U$$ 18.000 y hoy con intereses y todo puede comprar la mitad, e incluso podria decirlo no solo con moneda extranjera, sino que el mismo caso se daria si lo comparamos con la leche que valia $1 en los 90 y hoy vale 8$, o la nafta que esta mas cerca de los 9$ cuando valia 1$