Estimados colegas! Les cuento que tengo un caso de fraude laboral. Tengo acta de cierre con la SRL, y luego, para evitar cualquier excepción, pedí conciliación con los socios gerentes. A ambos socios los notifiqué a la misma dirección (la de la SRL)
Uno de los socios, se notificó, no fue a la primera y no creo que vaya a la segunda, pero este no es el problema...
EL PROBLEMA lo tengo con el otro socio. Cuando le llevaron la notificación al domicilio de la sociedad, dijeron que se había mudado (absurdo , si...) entonces en la audiencia, pedí que se lo notificara bajo responsabilidad de parte actora en el mismo domicilio... En el portal del SECLO, me aparece que la cedula fue "emitida" pero nada más... presumo que no se notificará y por ende no se presentará...
EN LA DEMANDA LO COLOCO IGUAL? ACLARO ALGO? PUEDE OPONER ALGUNA EXCEPCIÓN DESPUÉS?
Gracias!!!!
Uno de los socios, se notificó, no fue a la primera y no creo que vaya a la segunda, pero este no es el problema...
EL PROBLEMA lo tengo con el otro socio. Cuando le llevaron la notificación al domicilio de la sociedad, dijeron que se había mudado (absurdo , si...) entonces en la audiencia, pedí que se lo notificara bajo responsabilidad de parte actora en el mismo domicilio... En el portal del SECLO, me aparece que la cedula fue "emitida" pero nada más... presumo que no se notificará y por ende no se presentará...
EN LA DEMANDA LO COLOCO IGUAL? ACLARO ALGO? PUEDE OPONER ALGUNA EXCEPCIÓN DESPUÉS?
Gracias!!!!