Hola colegas, les escribo porque tengo la siguiente duda: Yo represento a una compañia financiera que a su vez tiene algunos clientes morosos, en los casos en que redacto un reconocimiento de deuda y acuerdo de pago, pudo pactar los honorarios en un 10% (está bien dicho porcentual??) y los mismos se los puedo cobrar al cliente moroso? Muchas gracias.