Buen día estimados colegas.
Estoy con una demanda laboral cuyos TCL no hice yo. Quiero consultar para ver que les parece. En el primer TCL se intima se inscriba relación según real categoría de trabajo -Adm E en lugar de C según CCT 130/75- y se pague salaria conforme a dicha categoría y diferencias salariales. Asimismo, se intima en los términos de la ley 24013. A mi me parece que en el caso, la ley 24.013 no resulta aplicable en razón de que la diferente categoría no es uno de los supuestos previstos por los arts. 8, 9 y 10. Tal vez resultaría aplicable la ley 25.323 art. 1º, pero he leído que se aplica a los mismos supuestos de la ley 24.013. Alguien que pueda despejar esta duda por favor.
En el mismo caso, surge una duda de que tareas cumple el Encargado de Segunda o Administrativo E. Leí el art. 12 del CCT 130/75 pero no me queda claro, pero no quedan dudas que mi cliente realiza tareas diferentes a las previstas para el Adm. C.
Si alguien puede ayudar.
Gracias.
Estoy con una demanda laboral cuyos TCL no hice yo. Quiero consultar para ver que les parece. En el primer TCL se intima se inscriba relación según real categoría de trabajo -Adm E en lugar de C según CCT 130/75- y se pague salaria conforme a dicha categoría y diferencias salariales. Asimismo, se intima en los términos de la ley 24013. A mi me parece que en el caso, la ley 24.013 no resulta aplicable en razón de que la diferente categoría no es uno de los supuestos previstos por los arts. 8, 9 y 10. Tal vez resultaría aplicable la ley 25.323 art. 1º, pero he leído que se aplica a los mismos supuestos de la ley 24.013. Alguien que pueda despejar esta duda por favor.
En el mismo caso, surge una duda de que tareas cumple el Encargado de Segunda o Administrativo E. Leí el art. 12 del CCT 130/75 pero no me queda claro, pero no quedan dudas que mi cliente realiza tareas diferentes a las previstas para el Adm. C.
Si alguien puede ayudar.
Gracias.