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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1006306  por adrianne
 
Hola a todos!!! quería consultarles cuanto puedo cobrar. Se trata de una filiación en capital donde mi cliente es la parte demandada. Se va a allanar porque hay un estudio de ADN q hicieron con su ex pareja cuyo resultado fue 99,99%, lo unico q se va a discutir es el relato de hechos porque su ex falta a la verdad respecto a q el nunca quizo reconocer al nene. El tema fue q ella se enojó x q el no quizo volver a vivir con ella y no se lo permitió y este Sr x ignorancia nunca consultoó como debía proceder. La actora se reservó el derecho de iniciar accion x danos y perjuicios y separadamente inicio juicio de alimentos. Respecto a esto ultimo en el juzgado al pedir se abra cta jud contesta q el obligado al pago deberá realizar autonomamente el pago ante el Bco Nacion Suc Trib. como es va directamente y deposota con la caratula los alimentos provisorios??? Hay q pedir boleta de deposito y sellarla en juz???? Gracias! ADri *flor*