Buenas.
En principio la representación puede ser por patrocinante (se requiere la firma de la parte) o apoderado (se requiere un poder).
Si la representación se ejerce mediante letrado patrocinante, es necesario que la parte firme todos los escritos.
Si es por apoderado, no hace falta que el cliente firme las presentaciones, sino que es necesario que otorgue un poder judicial mediante escribano público.
El poder judicial puede ser general o especial.
El poder general sirve para representar al cliente en todos los juicios en que sea parte y se acredita acompañando fotocopia simple y declarando bajo juramento que es copia fiel al original y que continúa vigente.
El poder especial en cambio, sirve para representar al cliente en un juicio específico, y se acredita acompañando el original.
Estos poderes se otorgan mediante escribano público. No obstante, teniendo en cuenta que en el fuero laboral el trabajador goza del beneficio de gratuidad, sólo para ese fuero puede otorgarse gratuitamente en el juzgado una "carta poder", suficiente para representar al cliente en el juicio.
Saludos,
En principio la representación puede ser por patrocinante (se requiere la firma de la parte) o apoderado (se requiere un poder).
Si la representación se ejerce mediante letrado patrocinante, es necesario que la parte firme todos los escritos.
Si es por apoderado, no hace falta que el cliente firme las presentaciones, sino que es necesario que otorgue un poder judicial mediante escribano público.
El poder judicial puede ser general o especial.
El poder general sirve para representar al cliente en todos los juicios en que sea parte y se acredita acompañando fotocopia simple y declarando bajo juramento que es copia fiel al original y que continúa vigente.
El poder especial en cambio, sirve para representar al cliente en un juicio específico, y se acredita acompañando el original.
Estos poderes se otorgan mediante escribano público. No obstante, teniendo en cuenta que en el fuero laboral el trabajador goza del beneficio de gratuidad, sólo para ese fuero puede otorgarse gratuitamente en el juzgado una "carta poder", suficiente para representar al cliente en el juicio.
Saludos,
