Tengo varios casos de señoras que perciben una jubilacion de la provincia de entre rios (creada por Busti) cuyo haber es inferior al que establece poor minimo las leyes de moratoria. Pregunto: es posible renunciar a la primera para percibir la segunda o que se puede hacer?Desde ya muchas gracias por su respuestas.-
dsncorp escribió:Tengo varios casos de señoras que perciben una jubilacion de la provincia de entre rios (creada por Busti) cuyo haber es inferior al que establece poor minimo las leyes de moratoria. Pregunto: es posible renunciar a la primera para percibir la segunda o que se puede hacer?Desde ya muchas gracias por su respuestas.-las podes hacer renunciar con turno, pero prova por la web, si te la aceptan terminas ahi y puede cobrar las dos, y si no te presentas con turno. suerte