Estimados:
En un incidente de reducción de cuota alimentaria, denuncié como hecho nuevo la sentencia condenatoria hacia mi cliente en una filiación. Acompañé la cédula de notificación de la sentencia, y ofrecí como documental el expediente, que tramita en el mismo Juzgado de Familia que la reducción.
Me contestaron:
"habiéndose dado trámite incidental a estos autos, al hecho nuevo planteado, no ha lugar".
Me gustaría que alguien me explique esto, no lo entendí. Si tiene algo que ver, ambos expedientes no tramitan por cuerda.
¿Por qué lo rechazaron?
En un incidente de reducción de cuota alimentaria, denuncié como hecho nuevo la sentencia condenatoria hacia mi cliente en una filiación. Acompañé la cédula de notificación de la sentencia, y ofrecí como documental el expediente, que tramita en el mismo Juzgado de Familia que la reducción.
Me contestaron:
"habiéndose dado trámite incidental a estos autos, al hecho nuevo planteado, no ha lugar".
Me gustaría que alguien me explique esto, no lo entendí. Si tiene algo que ver, ambos expedientes no tramitan por cuerda.
¿Por qué lo rechazaron?
Desde la tierra del oro verde...