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  • Se puede invocar el Art 48 CPPCC en una contestacion?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1011606  por Power
 
Estimados les hago una consulta, se puede invocar el art. 48 del cpcc en una contestacion de demanda del fuero de familia? porque vi una presentacion a donde se realizo y sirpresivamente el fuero no se lo dio, esta prohibido? sinceramente nunca hice derecho de familia y no tengo idea.

Muchas Gracias