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  • Ejecución alimentos atrasados c retención directa

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #999884  por nicolas099
 
Estimados. Tengo una consulta. Cuando uno tiene una sentencia o convenio de alimentos establecido con un porcentaje del salario, posteriormente el alimentante tiene un periodo sin trabajo en el que no abona los alimentos. Como hacen para liquidar los alimentos atrasados a la hora de ejecutarlos? porque, si no hay retención directa, uno liquida oficiando al empleador para que allegue los recibos de sueldo, pero con los periodos en los que no tuvo trabajo como liquidan Ustedes? Saludos
 #1011838  por Floresta
 
Hola, buscando el tema recién veo tu pregunta, no se si te servirá pero normalmente las sentencias que fijan porcentaje sobre haberes expresan que en caso de cese, la base de las cuotas que se devenguen será el último salario percibido, así que me parece razonable aplicar ese criterio también para acuerdos. En períodos ventana, tomás el sueldo anterior inmediato que tengas acreditado.
Saludos