Estimados. Tengo una consulta. Cuando uno tiene una sentencia o convenio de alimentos establecido con un porcentaje del salario, posteriormente el alimentante tiene un periodo sin trabajo en el que no abona los alimentos. Como hacen para liquidar los alimentos atrasados a la hora de ejecutarlos? porque, si no hay retención directa, uno liquida oficiando al empleador para que allegue los recibos de sueldo, pero con los periodos en los que no tuvo trabajo como liquidan Ustedes? Saludos