Les cuento el Caso: Mi cliente tiene 83 años y hasta el año 2007 estuvo trabajando en blanco en empresa curtiembre de Pilar. Luego hasta la actualidad estaba con licencia por operaciones en las rodillas y cobrò su sueldo hasta octubre de 2007, alli le llega una carta de despido por el art 247LCT y pone a su disposicion la indemnizaciòn. Mi cliente no contesto la carta documento de despido y al llamar reiteradas veces a la empresa para arreglar el pago de indemnizaciòn se niegan a atenderlo, la empresa sigue funcionando.
Como encaro el caso?
Tiene posibilidades de ir a arreglo ante ministerio d etrabajo o al no contestar la carta no podrà presentarse ante la autoridad?
Lo afecta en algo el inicio del tramite jubilatorio en noviembre 2007?
Creen que deba enviarle TCL a la empresa para que abonen aunque sea por art 247. Tiene 17 años de antigüedad.
Prosperarìa con estos elementos en un juicio??
Gracias
Como encaro el caso?
Tiene posibilidades de ir a arreglo ante ministerio d etrabajo o al no contestar la carta no podrà presentarse ante la autoridad?
Lo afecta en algo el inicio del tramite jubilatorio en noviembre 2007?
Creen que deba enviarle TCL a la empresa para que abonen aunque sea por art 247. Tiene 17 años de antigüedad.
Prosperarìa con estos elementos en un juicio??
Gracias