Fuente: Diario Pagina12, Edición del día Sábado, 02 de Febrero de 2008
EL CONGRESO DEBATE LA LEY QUE IMPONE EL DOBLE APELLIDO PARA LOS HIJOS
En el nombre del padre y de la madre
El Gobierno fijó que se trate en las sesiones extraordinarias el proyecto de Ley del Nombre. Los hijos llevarán el apellido paterno y materno. Se elimina el “de” en las mujeres casadas. Y se libera la elección de nombres.
Por Emilio Ruchansky Carabelli
Es la vieja historia. El hijo no tuvo “ni un varoncito” que continuara el apellido, al menos en los papeles. O la pasión por la estirpe que sentían aquellos curiosos que probaron suerte en 1992, cuando se cumplieron 500 años del encuentro entre América y Europa, y en aquella gigantesca exposición detrás la Casa Rosada un stand prometía rastrear el origen migratorio del apellido. Su ausencia también puede ser un estigma, la posibilidad de que los otros sepan si alguno de sus padres lo desafilió, el famoso “hijo de madre soltera”. También representa la posesividad heterosexista: ser “de” otro, luego de casarse. Seguramente, el proyecto de la Ley del Nombre que impulsa el gobierno nacional no va a solucionar ni los estigmas ni el imaginario sobre el apellido; pero, según aseguró ayer su autor e impulsor, Aníbal Fernández, consolidará “la individuación de la persona” y dejará mejor parado al país, el único en Latinoamérica donde no es obligatorio llevar el apellido materno y uno de los pocos que aún impone una lista de posibles nombres.
Este proyecto de reforma tomó un impulso inusual por “el interés político” –acotaron voceros del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos– que le dio el Gobierno. Será “el tema del verano”, al menos para los senadores que tendrán que reunirse en sesiones extraordinarias para analizarlo, entre otras iniciativas. El proyecto ya tuvo dictamen favorable en la Comisión de Legislación General del cuerpo el año pasado y está relacionado con otra ley –con media sanción en el Senado– para modificar los trámites internos y externos a la hora de inscribir a un recién nacido. Esta última será tratada en las sesiones ordinarias y apunta, aclaró Fernández, “a darle una identificación mayor que permita un elemento más en cuanto a las posibilidades de ser traficado”.
La enmienda a ley 18.248 comenzó a debatirse en 2004 en una reunión entre las autoridades de los registros civiles de las 24 jurisdicciones y el titular de Interior en Bariloche, un encuentro que se repitió al año siguiente en Mar del Plata y luego en La Rioja.
“La idea era simplificar los trámites”, le contó a Página/12 una ex funcionaria del Registro Civil porteño que participó de las reuniones. De aprobarse la propuesta, se podría, entre otras cosas, elegir un nombre sin lista de por medio y las madres solteras podrán optar por ponerle a su hijo su apellido repetido, o el propio más el materno (es decir que el bebé llevaría el apellido de sus dos abuelos maternos).
Los Fernández González
- Una vez aprobada la ley, los recién nacidos reconocidos por ambos padres deberán llevar los dos apellidos de la pareja: el del padre y el de la madre, en ese orden. Así figurarán en el acta de nacimiento y en el DNI.
El ítem más publicitado restablecerá la situación anterior a ley actual, promulgada por un gobierno de facto en 1969. “El orden de aparición está inspirado en el modelo hisponamericano, sólo en Brasil, donde siguen el modelo lusitano, se anota primero el apellido de la madre”, comentaron en el Ministerio de Justicia.
Hay otro proyecto de ley de las kirchneristas Nora César y Ana Monayer que circula en el Congreso, que adopta el esquema brasileño pero “iba a generar más controversia”, se atajaron los voceros de Aníbal Fernández. ¿Y la multiplicación de apellidos?, insistió Página/12. “No vamos a tener chicos con 4 o 6 apellidos, quedan los dos primeros que tengan el padre y la madre”, respondieron. Habrá que tener un varoncito entonces, para perpetuar la genealogía.
“El problema se presenta cuando se trata de una madre soltera”, reconoció ayer Fernández, quien explicó que en estos casos la nueva ley contempla dos posibilidades: “Tomar los dos apellidos de la madre, es decir, si ella se llama González Fernández, el chiquito se llamará González Fernández, o puede repetir el apellido de la madre ‘González González’”. Si el padre reconoce al hijo después, podrá sumar su apellido pero, según contempla el proyecto, “el niño mantendría como primer apellido el de la mamá y como segundo, el del papá” para conservar su identidad e individualidad ya que es reconocido socialmente con el apellido de la madre.
¿Qué pasa con los hermanos que nacieron antes de este proyecto? Hoy los padres pueden agregar un segundo apellido. Si quieren unificar los apellidos de sus hijos, basta con que decidan hacerlo.
No soy “de” nadie
- Si la mujer quiere usar el apellido del marido, no existirá más la obligatoriedad de agregarlo seguido de la preposición “de” o la conjunción “y”.
“Es para eliminar la discriminación respecto del género”, aseguró Aníbal Fernández. Hubo un caso similar en la República Checa, donde se eliminó el sufijo “ova”, de uso obligatorio en el apellido de las mujeres casadas. El ministro, fiel al ejemplo autorreferencial, explicó que “hoy la esposa se podrá llamar Fernández de González, mañana puede ser Fernández González, será indistinto” y añadió: “De la misma manera, el marido puede ponerse el apellido de la mujer, si así lo desea”.
“La ley estaba atrasada de todo atraso”, comentaron los voceros del Ministerio sobre la norma vigente, que no contempla situaciones familiares que surgieron en los últimos 30 años. Puntualmente, la transformación de los modelos de familia, que pasó de un modelo más paternalista hacia otro en el que la mujer adquirió un lugar de mayor paridad.
Todos los nombres
- De ahora en adelante podrían elegirse nombres extranjeros para los hijos argentinos. Salvo los de difícil fonética y grafía.
Hasta ahora existe una lista de nombre que se ha ampliado, pero la imaginación, se sabe, no tiene parámetros. En los Registros Civiles conocen bien esta situación. “Cada vez que un nombre no aparecía, los padres tenían que pedir una autorización al director de registro, que generalmente solo autorizaba a esa persona en particular, aunque otras agregaba el nombre a las lista general”, aseguró la ex funcionaria del Registro Civil consultada por Página/12. A principios del año pasado, la diputada Marta Lucía Osorio presentó un proyecto sobre este punto para pedir la modificación del artículo 3 de la ley 18.248, para que se puedan inscribir “nombre aborígenes o derivados de voces aborígenes autóctonas y latinoamericanas”.
“Es el punto más popular de todos. Mucha gente quiere ponerle el nombre de algún personaje de telenovelas a sus hijos, nombre como ‘Nick’ o ‘Tommy’. Ahora van a poder hacerlo mientras no sea ofensivo, ridículo o impronunciable”, destacó el vocero del Ministro, que comentó punto a punto el proyecto y deslizó una jugosa anécdota al respecto: “Mi mujer es de Brasil, y allá se permiten todos los nombres. El día que nació su papá estaba tan contento que salió a festejar y bueno... se mamó. Con la madre había decidido ponerle Elida, pero cuando el papá llegó al Registro Civil lo pronunció mal. La anotaron como ‘Huelitas’ y nunca se pudo cambiar el nombre”.
Notas Relacionadas:
EL CAMBIO CULTURAL, EN EL ANALISIS DE TRES ESPECIALISTAS
Jaque a la larga dominación masculina
Por Pedro Lipcovich Roberman
“El cambio al doble apellido es un avance democratizador”, sostuvo Irene Meler, psicoanalista e investigadora en temas de género, respecto de la ley que el Congreso se dispone a tratar: “El régimen de dominación masculina se ha puesto en cuestión, y se empieza a restituir a las mujeres derechos elementales como el de nombrar a la prole con su apellido”. Nelly Minyersky, profesora titular de derecho de familia en la UBA, discrepó con “la obligatoriedad del doble apellido, que de hecho ya es tradicional en países de Iberoamérica y ha tenido un sentido discriminatorio para el que, sin padre que lo haya reconocido, cuenta con un solo apellido”; estimó oportuno, en cambio, “que la madre, sin mediar consentimiento del padre, pueda exigir que el hijo lleve su apellido junto al paterno”. El psicoanalista Germán García consideró que la incorporación del doble apellido “parece más bien una vindicación formal: está en el orden de dignificar a las mujeres, de manera parecida a las reivindicaciones de género en el lenguaje, que requieren dejar de lado expresiones machistas”. El autor de esta nota consultó también, introspectivamente, a la memoria de su madre, tal como puede leerse más abajo.
Irene Meler, coordinadora del Foro de Psicoanálisis y Género de la Asociación de Psicólogos de Buenos Aires (APBA), recordó que “según postuló Engels, cuando se desarrollaron históricamente la agricultura de arado y la ganadería, se constituyeron como tareas de varones, por requerir mayor fuerza física; cuando la agricultura era sólo horticultura, sin uso de arado ni de animales de tiro, se trataba de una actividad femenina. A partir de esas formas de producción, fue posible salir de la economía de subsistencia y los hombres, es decir, algunos hombres, por primera vez acumularon excedentes, que no alcanzaban a gastar en el curso de sus vidas. Desearon entonces legarlo a sus descendientes. Pero en esa época, según Engels, la familia estaba en la etapa de los matrimonios ‘sindiásmicos’: monogámicos pero acotados en el tiempo, sucesivos; hay que decir que es la forma de matrimonio que prevalece hoy en día. Bueno, en ese contexto los hombres necesitaban establecer quiénes eran sus descendientes, y su triunfo histórico fue poder sellar con su apellido a la progenie: el patrilineaje expresa la dominación social masculina”.
“Actualmente, las sociedades están cambiando y el régimen de dominación masculina se ha puesto en entredicho: empiezan a aparecer nuevas instituciones que restituyen a las mujeres derechos elementales como el de nombrar con su apellido a la prole. Las mujeres siempre estuvieron a cargo de la crianza y hoy es incluso frecuente que, en casos de divorcio, los padres dejen de sostener a sus hijos y las madres se tornen progenitoras únicas. El cambio al doble apellido es un avance democratizador”, afirmó Meler, quien presidirá el Congreso de Psicología que la APBA efectuará en julio.
A esta altura, el cronista efectuó su primera consulta a la memoria de su madre, para tratar de saber si ella hubiera estado de acuerdo con la inclusión obligatoria del apellido materno: “¿No le molestará a tu padre?”, se inquietó ella.
Nelly Minyersky –profesora titular de Derecho de Familia en la UBA– estimó preferible “que la madre, en cualquier momento y sin mediar consentimiento del padre, durante el matrimonio o en caso de divorcio, pueda requerir que en el hijo su apellido se agregue al paterno”.
En cambio, “la obligatoriedad del doble apellido es, de hecho, una práctica tradicional en muchos países de Iberoamérica, con un sentido discriminatorio: quien no tiene un padre que lo haya reconocido queda expuesto porque cuenta con un solo apellido –advirtió Minyersky–. Por eso sería preferible mantener la voluntariedad en cuanto al doble apellido; salvo en algunas familias de clases sociales dominantes, lo habitual en la Argentina es el apellido único, y esto tiene una raíz democrática y de respeto a los derechos civiles”.
Aquí el cronista volvió a la memoria de la madre, quien dio su segunda respuesta: “Para mí no tiene ninguna importancia, dejemos las cosas como están. Ya bastantes problemas hay”.
El psicoanalista y escritor Germán García recordó una experiencia personal: “Alguna vez estuve por agregarme mi apellido materno, Fernández; había otro Germán García escritor, que todavía publicaba cuando yo empecé a hacerlo. Pero decidí que no: me parecía un remedo de los aristócratas, que eran los que usaban doble apellido”.
Por lo demás, recordó García, “etimológicamente, ‘apellido’ proviene del latín apellitare, que literalmente sería ‘llamar excitando’. Diríamos: llamar con vehemencia, llamar a los gritos; es la misma etimología de ‘apelar’. En los apellidos llamados naturales esto se hace más evidente: llamar a alguien ‘¡Herrero!’ fue, en su origen, apelar a un herrero”.
“En realidad –agregó Germán García–, ya los romanos distinguían entre genitor, el que había engendrado a ese hijo, y pater, el que le daba el apellido. La finalidad era, como tantas veces, económica: garantizar que las herencias fuesen a las personas consideradas adecuadas. Esto se mantuvo durante milenios: actualmente el ADN permite verificar la correspondencia entre genitor y pater, aunque en términos legales la situación no haya cambiado.”
En cuanto a la obligatoriedad del doble apellido, “creo que tiene un valor simbólico, no me parece de mucha importancia en los hechos –estimó García–. En rigor, esto ya rige desde el punto de vista patrimonial: cuando uno compra un departamento, debe consignar nombres y apellidos del padre y de la madre. El cambio propuesto parece más bien una vindicación formal: está en el orden de dignificar a las mujeres, de manera parecida a las reivindicaciones de género en el lenguaje, que requieren dejar de lado palabras o expresiones machistas”.
Antes de terminar la nota, el cronista consultó una vez más a la memoria de su madre, que parecía más distendida: “Al fin y al cabo, este tema ha servido para que me recuerdes. Y, la verdad, me gusta eso de que hayas firmado con mi apellido: me hace sentir que estoy presente”.
Cambio en el Registro Civil
“La ley 8204, hecha por todos los jefes del Registro Civil, busca darle una seguridad mayor al menor”, comentó ayer el ministro de Aníbal Fernández, en referencia a la modificación de la norma que rige el funcionamiento de los Registros Civiles de todo el país. El jefe de la cartera de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos señaló que con “la legislación actual, hay 30 días para inscribir al menor con su nombre y apellido, pasados los 30 días hay un plazo determinado para inscribirlo a través del Ministerio Público; no existen formas más simples”. Este estatuto afecta a las personas con limitaciones económicas, que a veces no registran a sus hijos, quienes figuran como NN.
“El documento más importante del recién nacido no es la partida de nacimiento, es un simple documento interno que se llama F1, en donde el médico dice: ‘este chiquito es hijo de esta señora porque yo acabo de atenderla, doy fe de que esto es así’”, indicó Fernández, quien agregó que, actualmente, en el documento no existen las mismas garantías de que “la madre sea quien es”. La propuesta es que ese F1 no sea entregado al padre, sino directamente al Registro Civil. Habría 40 días para inscribir al bebé, de lo contrario el Registro Civil lo inscribirá de oficio, “con lo cual no habrá más chicos sin estar inscriptos”, estimó Fernández.
Claves
- Doble apellido: el apellido del padre y el de la madre serán obligatorios y deberán conservar ese orden.
- Cónyuge: no se utilizará el “de” en el caso de las mujeres y el marido podrá optar por agregar el apellido de su esposa.
- Casada: como hasta ahora, la mujer casada podrá optar por conservar únicamente su apellido de soltera.
- Madre soltera: le pondrá al bebé su apellido paterno y materno o dos veces su apellido.
- Reconocimiento: en caso de que el padre reconozca más tarde a su hijo, su apellido se agregará a continuación del de la madre.
- Nombres propios: podrían elegirse nombres extranjeros para los hijos argentinos, salvo los de difícil fonética y grafía.
OPINION
El nombre de la rosa
Por Sandra Russo
Nombrar nunca fue un acto inocente. Dar nombre a algo o a alguien es de alguna manera inaugurarlo, hacerlo entrar en la lengua, ofrecer una identidad que identifique, en el caso de las personas, un Yo con un sonido. Nuestros nombres se escriben, pero sobre todo se pronuncian. Por nuestros nombres nos llaman. Llamamos a las cosas por su nombre. Esa frase, acaso más que ninguna, une la idea de nombre a la idea de verdad. Llamar a las cosas por su nombre implica claridad.
Nuestros nombres se descomponen en dos partes. La segunda, el apellido, es el nombre de nuestra identidad. Somos primero que nada el apellido. Somos incluso aquellos que en la escuela eran apenas un apellido. Así han quedado marcados en la memoria. En la mía están Schteigerwald, Gerber o Bacigalupo, por ejemplo. Piensen: todos tenemos dos o tres apellidos que arrastramos desde la infancia. Y son apellidos los socios, los políticos, los funcionarios, las directoras de escuela, los médicos, los próceres. En la vida pública, sólo los cantantes pop se llaman Shakira o Madonna.
Quiero decir: el hecho de empezar a nombrarnos por nuestros apellidos paterno y materno es revolucionario. Internamente revolucionario. No sólo empata el peso del padre y la madre en la identidad de un hijo. Más allá de cada uno de nosotros, que en la lengua se imbriquen lo femenino y lo masculino para la gestación y crianza de un hijo, y para la continuidad de la especie, nos invitará (nos obligará, diría Barthes) a pensarnos a nosotros mismos como fruto de una combinación de pares.
Lo que la lengua no nombra, no existe. Hasta ahora, lo femenino es borrado en la identidad de alguien. Tener los dos apellidos y poder optar por uno de ellos cierra ese cambio como una coronita de oro: no sólo nos nombran, sino que también podemos decidir nosotros quiénes somos.
EL CONGRESO DEBATE LA LEY QUE IMPONE EL DOBLE APELLIDO PARA LOS HIJOS
En el nombre del padre y de la madre
El Gobierno fijó que se trate en las sesiones extraordinarias el proyecto de Ley del Nombre. Los hijos llevarán el apellido paterno y materno. Se elimina el “de” en las mujeres casadas. Y se libera la elección de nombres.
Por Emilio Ruchansky Carabelli
Es la vieja historia. El hijo no tuvo “ni un varoncito” que continuara el apellido, al menos en los papeles. O la pasión por la estirpe que sentían aquellos curiosos que probaron suerte en 1992, cuando se cumplieron 500 años del encuentro entre América y Europa, y en aquella gigantesca exposición detrás la Casa Rosada un stand prometía rastrear el origen migratorio del apellido. Su ausencia también puede ser un estigma, la posibilidad de que los otros sepan si alguno de sus padres lo desafilió, el famoso “hijo de madre soltera”. También representa la posesividad heterosexista: ser “de” otro, luego de casarse. Seguramente, el proyecto de la Ley del Nombre que impulsa el gobierno nacional no va a solucionar ni los estigmas ni el imaginario sobre el apellido; pero, según aseguró ayer su autor e impulsor, Aníbal Fernández, consolidará “la individuación de la persona” y dejará mejor parado al país, el único en Latinoamérica donde no es obligatorio llevar el apellido materno y uno de los pocos que aún impone una lista de posibles nombres.
Este proyecto de reforma tomó un impulso inusual por “el interés político” –acotaron voceros del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos– que le dio el Gobierno. Será “el tema del verano”, al menos para los senadores que tendrán que reunirse en sesiones extraordinarias para analizarlo, entre otras iniciativas. El proyecto ya tuvo dictamen favorable en la Comisión de Legislación General del cuerpo el año pasado y está relacionado con otra ley –con media sanción en el Senado– para modificar los trámites internos y externos a la hora de inscribir a un recién nacido. Esta última será tratada en las sesiones ordinarias y apunta, aclaró Fernández, “a darle una identificación mayor que permita un elemento más en cuanto a las posibilidades de ser traficado”.
La enmienda a ley 18.248 comenzó a debatirse en 2004 en una reunión entre las autoridades de los registros civiles de las 24 jurisdicciones y el titular de Interior en Bariloche, un encuentro que se repitió al año siguiente en Mar del Plata y luego en La Rioja.
“La idea era simplificar los trámites”, le contó a Página/12 una ex funcionaria del Registro Civil porteño que participó de las reuniones. De aprobarse la propuesta, se podría, entre otras cosas, elegir un nombre sin lista de por medio y las madres solteras podrán optar por ponerle a su hijo su apellido repetido, o el propio más el materno (es decir que el bebé llevaría el apellido de sus dos abuelos maternos).
Los Fernández González
- Una vez aprobada la ley, los recién nacidos reconocidos por ambos padres deberán llevar los dos apellidos de la pareja: el del padre y el de la madre, en ese orden. Así figurarán en el acta de nacimiento y en el DNI.
El ítem más publicitado restablecerá la situación anterior a ley actual, promulgada por un gobierno de facto en 1969. “El orden de aparición está inspirado en el modelo hisponamericano, sólo en Brasil, donde siguen el modelo lusitano, se anota primero el apellido de la madre”, comentaron en el Ministerio de Justicia.
Hay otro proyecto de ley de las kirchneristas Nora César y Ana Monayer que circula en el Congreso, que adopta el esquema brasileño pero “iba a generar más controversia”, se atajaron los voceros de Aníbal Fernández. ¿Y la multiplicación de apellidos?, insistió Página/12. “No vamos a tener chicos con 4 o 6 apellidos, quedan los dos primeros que tengan el padre y la madre”, respondieron. Habrá que tener un varoncito entonces, para perpetuar la genealogía.
“El problema se presenta cuando se trata de una madre soltera”, reconoció ayer Fernández, quien explicó que en estos casos la nueva ley contempla dos posibilidades: “Tomar los dos apellidos de la madre, es decir, si ella se llama González Fernández, el chiquito se llamará González Fernández, o puede repetir el apellido de la madre ‘González González’”. Si el padre reconoce al hijo después, podrá sumar su apellido pero, según contempla el proyecto, “el niño mantendría como primer apellido el de la mamá y como segundo, el del papá” para conservar su identidad e individualidad ya que es reconocido socialmente con el apellido de la madre.
¿Qué pasa con los hermanos que nacieron antes de este proyecto? Hoy los padres pueden agregar un segundo apellido. Si quieren unificar los apellidos de sus hijos, basta con que decidan hacerlo.
No soy “de” nadie
- Si la mujer quiere usar el apellido del marido, no existirá más la obligatoriedad de agregarlo seguido de la preposición “de” o la conjunción “y”.
“Es para eliminar la discriminación respecto del género”, aseguró Aníbal Fernández. Hubo un caso similar en la República Checa, donde se eliminó el sufijo “ova”, de uso obligatorio en el apellido de las mujeres casadas. El ministro, fiel al ejemplo autorreferencial, explicó que “hoy la esposa se podrá llamar Fernández de González, mañana puede ser Fernández González, será indistinto” y añadió: “De la misma manera, el marido puede ponerse el apellido de la mujer, si así lo desea”.
“La ley estaba atrasada de todo atraso”, comentaron los voceros del Ministerio sobre la norma vigente, que no contempla situaciones familiares que surgieron en los últimos 30 años. Puntualmente, la transformación de los modelos de familia, que pasó de un modelo más paternalista hacia otro en el que la mujer adquirió un lugar de mayor paridad.
Todos los nombres
- De ahora en adelante podrían elegirse nombres extranjeros para los hijos argentinos. Salvo los de difícil fonética y grafía.
Hasta ahora existe una lista de nombre que se ha ampliado, pero la imaginación, se sabe, no tiene parámetros. En los Registros Civiles conocen bien esta situación. “Cada vez que un nombre no aparecía, los padres tenían que pedir una autorización al director de registro, que generalmente solo autorizaba a esa persona en particular, aunque otras agregaba el nombre a las lista general”, aseguró la ex funcionaria del Registro Civil consultada por Página/12. A principios del año pasado, la diputada Marta Lucía Osorio presentó un proyecto sobre este punto para pedir la modificación del artículo 3 de la ley 18.248, para que se puedan inscribir “nombre aborígenes o derivados de voces aborígenes autóctonas y latinoamericanas”.
“Es el punto más popular de todos. Mucha gente quiere ponerle el nombre de algún personaje de telenovelas a sus hijos, nombre como ‘Nick’ o ‘Tommy’. Ahora van a poder hacerlo mientras no sea ofensivo, ridículo o impronunciable”, destacó el vocero del Ministro, que comentó punto a punto el proyecto y deslizó una jugosa anécdota al respecto: “Mi mujer es de Brasil, y allá se permiten todos los nombres. El día que nació su papá estaba tan contento que salió a festejar y bueno... se mamó. Con la madre había decidido ponerle Elida, pero cuando el papá llegó al Registro Civil lo pronunció mal. La anotaron como ‘Huelitas’ y nunca se pudo cambiar el nombre”.
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Jaque a la larga dominación masculina
Por Pedro Lipcovich Roberman
“El cambio al doble apellido es un avance democratizador”, sostuvo Irene Meler, psicoanalista e investigadora en temas de género, respecto de la ley que el Congreso se dispone a tratar: “El régimen de dominación masculina se ha puesto en cuestión, y se empieza a restituir a las mujeres derechos elementales como el de nombrar a la prole con su apellido”. Nelly Minyersky, profesora titular de derecho de familia en la UBA, discrepó con “la obligatoriedad del doble apellido, que de hecho ya es tradicional en países de Iberoamérica y ha tenido un sentido discriminatorio para el que, sin padre que lo haya reconocido, cuenta con un solo apellido”; estimó oportuno, en cambio, “que la madre, sin mediar consentimiento del padre, pueda exigir que el hijo lleve su apellido junto al paterno”. El psicoanalista Germán García consideró que la incorporación del doble apellido “parece más bien una vindicación formal: está en el orden de dignificar a las mujeres, de manera parecida a las reivindicaciones de género en el lenguaje, que requieren dejar de lado expresiones machistas”. El autor de esta nota consultó también, introspectivamente, a la memoria de su madre, tal como puede leerse más abajo.
Irene Meler, coordinadora del Foro de Psicoanálisis y Género de la Asociación de Psicólogos de Buenos Aires (APBA), recordó que “según postuló Engels, cuando se desarrollaron históricamente la agricultura de arado y la ganadería, se constituyeron como tareas de varones, por requerir mayor fuerza física; cuando la agricultura era sólo horticultura, sin uso de arado ni de animales de tiro, se trataba de una actividad femenina. A partir de esas formas de producción, fue posible salir de la economía de subsistencia y los hombres, es decir, algunos hombres, por primera vez acumularon excedentes, que no alcanzaban a gastar en el curso de sus vidas. Desearon entonces legarlo a sus descendientes. Pero en esa época, según Engels, la familia estaba en la etapa de los matrimonios ‘sindiásmicos’: monogámicos pero acotados en el tiempo, sucesivos; hay que decir que es la forma de matrimonio que prevalece hoy en día. Bueno, en ese contexto los hombres necesitaban establecer quiénes eran sus descendientes, y su triunfo histórico fue poder sellar con su apellido a la progenie: el patrilineaje expresa la dominación social masculina”.
“Actualmente, las sociedades están cambiando y el régimen de dominación masculina se ha puesto en entredicho: empiezan a aparecer nuevas instituciones que restituyen a las mujeres derechos elementales como el de nombrar con su apellido a la prole. Las mujeres siempre estuvieron a cargo de la crianza y hoy es incluso frecuente que, en casos de divorcio, los padres dejen de sostener a sus hijos y las madres se tornen progenitoras únicas. El cambio al doble apellido es un avance democratizador”, afirmó Meler, quien presidirá el Congreso de Psicología que la APBA efectuará en julio.
A esta altura, el cronista efectuó su primera consulta a la memoria de su madre, para tratar de saber si ella hubiera estado de acuerdo con la inclusión obligatoria del apellido materno: “¿No le molestará a tu padre?”, se inquietó ella.
Nelly Minyersky –profesora titular de Derecho de Familia en la UBA– estimó preferible “que la madre, en cualquier momento y sin mediar consentimiento del padre, durante el matrimonio o en caso de divorcio, pueda requerir que en el hijo su apellido se agregue al paterno”.
En cambio, “la obligatoriedad del doble apellido es, de hecho, una práctica tradicional en muchos países de Iberoamérica, con un sentido discriminatorio: quien no tiene un padre que lo haya reconocido queda expuesto porque cuenta con un solo apellido –advirtió Minyersky–. Por eso sería preferible mantener la voluntariedad en cuanto al doble apellido; salvo en algunas familias de clases sociales dominantes, lo habitual en la Argentina es el apellido único, y esto tiene una raíz democrática y de respeto a los derechos civiles”.
Aquí el cronista volvió a la memoria de la madre, quien dio su segunda respuesta: “Para mí no tiene ninguna importancia, dejemos las cosas como están. Ya bastantes problemas hay”.
El psicoanalista y escritor Germán García recordó una experiencia personal: “Alguna vez estuve por agregarme mi apellido materno, Fernández; había otro Germán García escritor, que todavía publicaba cuando yo empecé a hacerlo. Pero decidí que no: me parecía un remedo de los aristócratas, que eran los que usaban doble apellido”.
Por lo demás, recordó García, “etimológicamente, ‘apellido’ proviene del latín apellitare, que literalmente sería ‘llamar excitando’. Diríamos: llamar con vehemencia, llamar a los gritos; es la misma etimología de ‘apelar’. En los apellidos llamados naturales esto se hace más evidente: llamar a alguien ‘¡Herrero!’ fue, en su origen, apelar a un herrero”.
“En realidad –agregó Germán García–, ya los romanos distinguían entre genitor, el que había engendrado a ese hijo, y pater, el que le daba el apellido. La finalidad era, como tantas veces, económica: garantizar que las herencias fuesen a las personas consideradas adecuadas. Esto se mantuvo durante milenios: actualmente el ADN permite verificar la correspondencia entre genitor y pater, aunque en términos legales la situación no haya cambiado.”
En cuanto a la obligatoriedad del doble apellido, “creo que tiene un valor simbólico, no me parece de mucha importancia en los hechos –estimó García–. En rigor, esto ya rige desde el punto de vista patrimonial: cuando uno compra un departamento, debe consignar nombres y apellidos del padre y de la madre. El cambio propuesto parece más bien una vindicación formal: está en el orden de dignificar a las mujeres, de manera parecida a las reivindicaciones de género en el lenguaje, que requieren dejar de lado palabras o expresiones machistas”.
Antes de terminar la nota, el cronista consultó una vez más a la memoria de su madre, que parecía más distendida: “Al fin y al cabo, este tema ha servido para que me recuerdes. Y, la verdad, me gusta eso de que hayas firmado con mi apellido: me hace sentir que estoy presente”.
Cambio en el Registro Civil
“La ley 8204, hecha por todos los jefes del Registro Civil, busca darle una seguridad mayor al menor”, comentó ayer el ministro de Aníbal Fernández, en referencia a la modificación de la norma que rige el funcionamiento de los Registros Civiles de todo el país. El jefe de la cartera de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos señaló que con “la legislación actual, hay 30 días para inscribir al menor con su nombre y apellido, pasados los 30 días hay un plazo determinado para inscribirlo a través del Ministerio Público; no existen formas más simples”. Este estatuto afecta a las personas con limitaciones económicas, que a veces no registran a sus hijos, quienes figuran como NN.
“El documento más importante del recién nacido no es la partida de nacimiento, es un simple documento interno que se llama F1, en donde el médico dice: ‘este chiquito es hijo de esta señora porque yo acabo de atenderla, doy fe de que esto es así’”, indicó Fernández, quien agregó que, actualmente, en el documento no existen las mismas garantías de que “la madre sea quien es”. La propuesta es que ese F1 no sea entregado al padre, sino directamente al Registro Civil. Habría 40 días para inscribir al bebé, de lo contrario el Registro Civil lo inscribirá de oficio, “con lo cual no habrá más chicos sin estar inscriptos”, estimó Fernández.
Claves
- Doble apellido: el apellido del padre y el de la madre serán obligatorios y deberán conservar ese orden.
- Cónyuge: no se utilizará el “de” en el caso de las mujeres y el marido podrá optar por agregar el apellido de su esposa.
- Casada: como hasta ahora, la mujer casada podrá optar por conservar únicamente su apellido de soltera.
- Madre soltera: le pondrá al bebé su apellido paterno y materno o dos veces su apellido.
- Reconocimiento: en caso de que el padre reconozca más tarde a su hijo, su apellido se agregará a continuación del de la madre.
- Nombres propios: podrían elegirse nombres extranjeros para los hijos argentinos, salvo los de difícil fonética y grafía.
OPINION
El nombre de la rosa
Por Sandra Russo
Nombrar nunca fue un acto inocente. Dar nombre a algo o a alguien es de alguna manera inaugurarlo, hacerlo entrar en la lengua, ofrecer una identidad que identifique, en el caso de las personas, un Yo con un sonido. Nuestros nombres se escriben, pero sobre todo se pronuncian. Por nuestros nombres nos llaman. Llamamos a las cosas por su nombre. Esa frase, acaso más que ninguna, une la idea de nombre a la idea de verdad. Llamar a las cosas por su nombre implica claridad.
Nuestros nombres se descomponen en dos partes. La segunda, el apellido, es el nombre de nuestra identidad. Somos primero que nada el apellido. Somos incluso aquellos que en la escuela eran apenas un apellido. Así han quedado marcados en la memoria. En la mía están Schteigerwald, Gerber o Bacigalupo, por ejemplo. Piensen: todos tenemos dos o tres apellidos que arrastramos desde la infancia. Y son apellidos los socios, los políticos, los funcionarios, las directoras de escuela, los médicos, los próceres. En la vida pública, sólo los cantantes pop se llaman Shakira o Madonna.
Quiero decir: el hecho de empezar a nombrarnos por nuestros apellidos paterno y materno es revolucionario. Internamente revolucionario. No sólo empata el peso del padre y la madre en la identidad de un hijo. Más allá de cada uno de nosotros, que en la lengua se imbriquen lo femenino y lo masculino para la gestación y crianza de un hijo, y para la continuidad de la especie, nos invitará (nos obligará, diría Barthes) a pensarnos a nosotros mismos como fruto de una combinación de pares.
Lo que la lengua no nombra, no existe. Hasta ahora, lo femenino es borrado en la identidad de alguien. Tener los dos apellidos y poder optar por uno de ellos cierra ese cambio como una coronita de oro: no sólo nos nombran, sino que también podemos decidir nosotros quiénes somos.
"2017, te espero - UNITE".