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  • DEMANDA POR COMPRA VIA INTERNET

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #1002058  por jorge877
 
hola colegas
Les hago una consulta respecto a este tema ya que es la primera vez que voy a realizar una demanda por un caso de defensa del consumidor.
mi cliente compra vía internet en fecha 02/05/2012 un televisor lcd 47 pulgadas mas cuatro lentes 3 d el televisor valor $11000 y los lentes $480 a esa fecha.la empresa envía el televisor y los lentes , por la empresa de transporte via cargo hacia la ciudad de salta( ciudad donde vive mi cliente) en el remito no se especifica el contenido ni el valor del bulto. Mi cliente cuando va a retirar su encomienda en la terminal de salta , y en reiteradas oportunidades le dijeron que la encomienda , no llego ,que se perdió. Consultado a la empresa que vendió el lcd , nos dice que un empleado de la empresa de encomienda , se robo varios bultos entre ellos el televisor lcd.(tengo copia de los mails)
mi cliente cito a mediación de la secretaria de defensa del consumidor de salta, a la empresa vía cargo, la cual ofreció $ 400 como resarcimiento, por lo se se fracaso en dicha mediación.
las preguntas son las siguientes. contra quien debo dirigir la demanda?¿ contra la empresa que vende los tv en bs y la empresa de transporte?¿ que rubros debo reclamar? Daño directo, punitivo, moral etc?
desde ya agradezco toda la ayuda que me puedan dar.
saludos
 #1012996  por martincall
 
No probaste mandarle CD a la empresa que le vendio el lcd exigiendo el cumplimiento de la Garantia Legal? Yo reclamaria un Lcd nuevo.-

yendo a tu consulta, si fracaso la audiencia en Def. del Consumidor, ya podes iniciar la demanda. tenes que ir contra la empresa que vende y contra la empresa que hizo el transporte: Ley 24240, ARTICULO 2º — PROVEEDOR.

Es la persona física o jurídica de naturaleza pública o privada, que desarrolla de manera profesional, aun ocasionalmente, actividades de producción, montaje, creación, construcción, transformación, importación, concesión de marca, distribución y comercialización de bienes y servicios, destinados a consumidores o usuarios. Todo proveedor está obligado al cumplimiento de la presente ley.
ARTICULO 40. —
Si el daño al consumidor resulta del vicio o riesgo de la cosa o de la prestación del servicio, responderán el productor, el fabricante, el importador, el distribuidor, el proveedor, el vendedor y quien haya puesto su marca en la cosa o servicio. El transportista responderá por los daños ocasionados a la cosa con motivo o en ocasión del servicio.

La responsabilidad es solidaria, sin perjuicio de las acciones de repetición que correspondan. Sólo se liberará total o parcialmente quien demuestre que la causa del daño le ha sido ajena.


Y en cuanto a los daños, reclama TODO, despues te hacen lugar a poco pero no dejes ningun tipo de daño por reclamar.
Si tenes dudas, anda a Def. del Consumidor, los abogados de ahi no tienen drama en asesorarte, yo fui varias veces a consultar