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  • Se puede iniciar juicio de escrituracion con desalojo inic??

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 #995549  por abogadafss
 
Hola!

A mi clienta le vendieron un inmueble con juicio de desalojo...en el recibo de seña de la inmobiliaria dice "libres de ocupantes", en el boleto de compraventa no dice nada...y cuando llega el momento de la escrituracion y posesión le dicen que hay juicio de desalojo y le piden 5 meses a cambio de una rebaja (minima...) en el precio, firmar acuerdo de prorroga...llega el día y sigue ocupado, no se escritura...
Viene mi clienta y me dice que quiere hacer algo...mi idea es mandar cd intimando que en tal día y hora se presenten en la escribania a los fines de escriturar. Si no hay un buen acuerdo por dar prorroga mi idea es pedir mediación e iniciar juicio de escrituracion y reclamar los daños y perjuicios ocasionados.

Que opinan? se puede iniciar el juicio de escrituracion con juicio de desalojo???
 #995757  por andresxeneizes
 
vos pedi la escrituracion con tradicion del inmueble (y cuando inicies la demanda pedi que lo intimen a escriturar con tradicion bajo apercibimiento de multa), y si hay una multa en el boleto pedi las dos cosas, despues ves como se haran cargo del desalojo los otros
 #995833  por abogadafss
 
Gracias, prepare la carta documento intimando a cumplir con las clausulas del boleto y otra al escribano para que fije fecha del acto y cite a las partes...si no hay un buen acuerdo por dar prorroga, inicio, pido la escrituracion, la tradicion, la multa que se fijo diaria en el boleto y los daños y perjuicios!
 #1013030  por abogadafss
 
Hola!

Ya presente el la demanda!!! me hicieron lugar al embargo del inmueble objeto de autos, pero...me fijaron caucion real de 80.000 pesos...como la materializo? solicito se abra cuenta judicial o se hace a través de una aseguradora? nunca tuve que hacer prestar caucion real a mis clientes...siempre fue juratoria, perdon la molestia!

Gracias!!!
 #1013038  por marlop
 
Buenas tardes, antes que embargo hubieras pedido "anotación de litis", y ya te cubris por cualquier otro acreedor que se crea con derecho sobre el inmueble, de este modo te ahorrarías todo importe de caución real.

Ahora en respuesta a tu pregunta, Creo que deberías abrir una cuenta.

un saludo