Estimados, en un beneficio de litigar sin gastos el juzgado luego de aportada y producida la prueba ordena: "traslado a las partes. Notifíquese personalmente o por cedula"
Que pasa si la otra parte no se notifica personalmente. Estoy obligado a hacer la cedula ?? En caso de que si lo esté, debo adjuntar a la cedula copia de todas las declaraciones de testigos y todos los oficios diligenciados ??
Desde ya, muchas gracias por lo que puedan aportar.
slds
Mate
Que pasa si la otra parte no se notifica personalmente. Estoy obligado a hacer la cedula ?? En caso de que si lo esté, debo adjuntar a la cedula copia de todas las declaraciones de testigos y todos los oficios diligenciados ??
Desde ya, muchas gracias por lo que puedan aportar.
slds
Mate
