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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1012991  por JIMUP
 
Hola a todos, queria hacerles una consulta a lo que saben, y traerles una novedad a los que no.
Soy abogada y las jubilaciones para la gente que no tiene aportes, las he hecho siempre por sdm, pasaron la verificación y salieron bien, pero llevan largo tiempo, siempre esta la posibilidad de que salgan mal, asique ya no quiero hacerlas.

Y me entero, que ahora usan una nueva modalidad de la que no estaba enterada, en lugar de pagar por sdm los aportes faltantes despues del 93, los inscriben como autonomos, pagan la deuda al contado ( hoy en día por una mujer de 60 años es de $10.000)y en 60 días ya estan cobrando...(conozco casos comprobados de que asi fue).

Alguno de uds está usando esta modalidad?, porque yo tenia entendido que si yo inscribo ahora a una señora de 60 años, no puedo pagar para atras....

Si alguien tiene alguna novedad al respecto les agradeceria su opinión.
Desde ya muchas gracias.
 #1012994  por noelin
 
HOLA: LO Q VOS DECIS ES REAL. NO SE PUEDE PAGAR HACIA ATRAS, PERO HAY GENTE Q TIENE UNA ACTIVIDAD COMO ARRENDAMEINTO DE CAMPO, Q ES VOLUNTARIA, Y EN ESE CASO SE INSCRIBE RETROACTIVO, POR ESA ACTIVIDAD, RECONOCE LA DEUDA Y PAGA. PERO NO ES POCO. DAN SUMAS MUY IMPORTANTES!!!
 #1013047  por DiegoChaco
 
Hola, en AFIP no se puede hacer inscripciones en forma ratroctiva.
Puede pasar que tengan alguna inscripción vieja de autónomos y se compran aportes de esos periodos. Pero los periodos con deuda de autónomos son altísimos, porque AFIP a los aportes viejos impagos le aplica la movilidad jubilatoria. O sea que si tenes 1 periodo con deuda de capital autónomo, no te toma la deuda por el monto original histórico, sino por el monto actual según movilidad. Y a eso le aplica los int resarcit, asi que se generan periodos carísimos.
Saludos
Diego
 #1013068  por JIMUP
 
Claro, esto es lo que yo tengo entendido, pero se de forma fehaciente (el tema es que no se el como), que han jubilado a varias mujeres, que nunca estuvieron inscriptas, inscribiendolas como autonomas, y pagando la suma de $10.000, y que a los tres meses ya estaban cobrando su jubilación, en lugar de usar sdm usaron esto, pero no puedo entender como lo hicieron, de saberlo seria otra alternativa que tendriamos para poder seguir haciendo estos tramites, ya que por sdm ya no se puede mas.
Estuve leyendo en este foro, un forista que pone lo siguiente: (sin embargo, esto que hacen no es igual al forista ya que no tiene limite en el tiempo, osea no se aplica solo a 3 años): ..."Realize por internet la inscripcion retroactiva y al dia siguiente o a los dos dias ya me aparecio esa inscripcion en datos personales del sicam. Esto fue en los primeros dias de febrero. Una vez que que me aparecio la inscripcion retroactiva procedi a realizar tb por internet la baja correspondiente (opcional)Pero dicha baja recien se vera reflejada a partir del mes de marzo. Te Recuerdo que bajo esta modalidad solo puede "comprarse" retroactivamente 36 meses desde el mes que te inscribis hacia atras. En este momento seria desde marzo 2008 hasta febrero 2011 inclusive. El mes de aporte es de $195 mas intereses resarcitorios. En mi caso "compre" desde marzo 2010 hasta febrero 2011 y el importe total a pagar (capital mas intereses) es de $ 2800..."

Hay alguna trampa que desconocemos, creo.
Gracias a todos por sus ideas.
 #1013119  por arielruiz86
 
Hubo algun momento en que vos podias por internet con solo la clave fiscal del contribuyente inscribirlo para atras, es decir, retroactivamente en autonomos, de tal forma que casi instantaneamente se actualizaba el PUC y la situación de revista del sicam y con solo pagar los intereses correspondiente que reflejaba el sicam se compraba periodos de autonomos (yo no lo he echo pero si pude corroboralo en su momento por el sistema, y he leido tambien ese post), pero fue por muy poco tiempo (habían dejado un hueco por decirlo de alguna forma), hoy ya no se puede hace eso, salvo, como bien dijo Noelin, pedir inscribirlo retroactivamente en la afip pero para eso hay que ir con alguna justificación o pruebas, como por ej que tambien he visto y leido, gente que se inscribieron en la municip o en Rentas y se "olvidaron" de hacerlo en la afip, pero te digo que no todas la afip lo permiten, dependera mas que todo, de algun favor o contacto que se tenga con dicho organismo.
 #1013136  por MARIO1943
 
YO CREO QUE HAY QUE INTETARLO COMO AUTONOMO VOLUNTARIO YA QUE AHI NO TENES QUE JUSTIFICAR NADA NI PRESENTAR PRUEBAS, QUE AHI TIENE LOGICA, JAMAS TE PUEDEN PEDIR PRUEBA DE UNA ACTIVIDAD INEXISTENTE YA QUE EN AUTONOMO VOLUNTARIO NO EXISTE ACTIVIDAD ALGUNA
 #1013213  por JIMUP
 
Gracias ariel por tu respueta, y la idea de mario es buena dentro de la categoria autonomo voluntario se encuentran: Actividades Comprendidas:
AMA DE CASA,
DIREC DE CONSEJOS DE ADMINISTRACION
MIEMBROS DEL CLERo
OTROS AFILIADOS VOLUNTARIOS
RENTISTAS
TITULARES DE CONDOMINIO Y SUCESIONES.

Aqui estan las ama de casa justamente, ahora habria que ver, como hacer para pagar retroactivamente.

Creo que vamos llegando a la conclusión, de como esta jubilando esta gente.
 #1013225  por JIMUP
 
Sigo leyendo , y mario, para autonomo voluntario, no esta el tope de 55 años de edad?...
 #1013232  por MARIO1943
 
JIMUP escribió:Sigo leyendo , y mario, para autonomo voluntario, no esta el tope de 55 años de edad?...
NO, EL TOPE PARA AMAS DE CASA ES EL REDUCIDO LEY 24828 CREO O ALGO PARECIDO, EL DE AMAS D E CASA COMO APORTE VOLUNTARIO ES EL 100% D E APORTE DE LA CATEGORIA MINIMA
 #1013238  por JIMUP
 
Ah porque esto fue lo que lei de la pagina de AfIP:
ID 242506
Evento 2916 - ¿Puedo realizar aportes voluntarios como ama de casa?
10/02/2013 12:00:00 a.m.


Sí, podrá realizar aportes voluntarios en la medida que sea menor de 55 años. La categoría mínima es la "I" ($ 459,50 por mes) pudiendo optar por cualquier otra categoría superior.


Se aclara que en la actualidad, no puede afiliarse voluntariamente como ama de casa por el régimen especial de la Ley 24.828. Aquellas amas de casa que se hayan afiliado por dicha norma durante su vigencia (siempre que no excediera los 55 años de edad), continuarán efectuando los aportes de $ 157,95

Fuente: CIT AFIP
 #1013307  por diegomdp
 
JIMUP escribió:Ah porque esto fue lo que lei de la pagina de AfIP:
ID 242506
Evento 2916 - ¿Puedo realizar aportes voluntarios como ama de casa?
10/02/2013 12:00:00 a.m.


Sí, podrá realizar aportes voluntarios en la medida que sea menor de 55 años. La categoría mínima es la "I" ($ 459,50 por mes) pudiendo optar por cualquier otra categoría superior.


Se aclara que en la actualidad, no puede afiliarse voluntariamente como ama de casa por el régimen especial de la Ley 24.828. Aquellas amas de casa que se hayan afiliado por dicha norma durante su vigencia (siempre que no excediera los 55 años de edad), continuarán efectuando los aportes de $ 157,95

Fuente: CIT AFIP
que yo sepa la ley no establece ningun tope de edad para la afiliacion voluntaria del art 3 de la 24241 si para la 24828 que ya no existe, y que yo sepa la gente que sigue pagando la 24828 despues en anses le deniegan el tramite porque era una ley especifica para capitalizacion, se amndo la consulta a la sss y para variar nunca contesto que yo me haya enterado, cosa logica desde que esta toda la campora copando estos organismos no resuelven nada. con lo cual para mi las dos respuestas que da afip a la consulta estan mal
 #1013310  por sabrinaa
 
Hola
Leyendo el post , me surgio lo siguiente .-Se puede hacer en forma retroactiva el aporte voluntario a un miembro del clero??
Si es asi Como se hace.-
Sabri d_sunny
 #1013322  por periquita
 
sabrinaa escribió:Hola
Leyendo el post , me surgio lo siguiente .-Se puede hacer en forma retroactiva el aporte voluntario a un miembro del clero??
Si es asi Como se hace.-
Sabri d_sunny
En principio los aportes voluntarios no son retroactivos.

Saludos