Hola a todos tengo unas dudas sobre este tema:
El caso esa asi: un terreno ganancial, tres casas construídas, uno de los conyugues muere. Los herederos quieren hacer la sucesión, y que quede cada una de las casas que habitan a su nombre.
Las dudas: Yo pense en iniciar la sucesión y mientras tanto hacer la subdivisión para asi, luego presentar el escrito de partición y luego poder inscribir cada unidad funcional a nombre de los herederos. Ahora...la subdivisión se que la hace un agrimensor, pero ello significa entonces que el terreno quedaria sujeto al regimen de propiedad horizontal no?? A su vez eso significaría que luego de la inscripción en el registro via juicio sucesorio habria que hacer una escritura de reglamento de copropiedad tambien???? Esa en la parte que no entiendo bien...
En el caso de no contar con el dinero para la subdivisión (estuve leyendo que esta cerca de $ 3000) se podría inscribir en el registro y luego subdividir cuando se quisiera en el futuro y presentar el escrito de partición poniendo fin asi a la comunidad hereditaria, verdad? Aunque dudo que convenga hacer en ese caso la inscripción, pues tal vez sería mejor esperar a que reunan el dinero para que no gasten dos veces no??
Si alguien hizo este trámite alguna vez y aclara el panorama un poco se lo voy a agradecer.
Saludos
Iris
El caso esa asi: un terreno ganancial, tres casas construídas, uno de los conyugues muere. Los herederos quieren hacer la sucesión, y que quede cada una de las casas que habitan a su nombre.
Las dudas: Yo pense en iniciar la sucesión y mientras tanto hacer la subdivisión para asi, luego presentar el escrito de partición y luego poder inscribir cada unidad funcional a nombre de los herederos. Ahora...la subdivisión se que la hace un agrimensor, pero ello significa entonces que el terreno quedaria sujeto al regimen de propiedad horizontal no?? A su vez eso significaría que luego de la inscripción en el registro via juicio sucesorio habria que hacer una escritura de reglamento de copropiedad tambien???? Esa en la parte que no entiendo bien...
En el caso de no contar con el dinero para la subdivisión (estuve leyendo que esta cerca de $ 3000) se podría inscribir en el registro y luego subdividir cuando se quisiera en el futuro y presentar el escrito de partición poniendo fin asi a la comunidad hereditaria, verdad? Aunque dudo que convenga hacer en ese caso la inscripción, pues tal vez sería mejor esperar a que reunan el dinero para que no gasten dos veces no??
Si alguien hizo este trámite alguna vez y aclara el panorama un poco se lo voy a agradecer.
Saludos
Iris
