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  • Sucesión y subdivisión - duda

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 #495499  por Iris
 
Hola a todos tengo unas dudas sobre este tema:

El caso esa asi: un terreno ganancial, tres casas construídas, uno de los conyugues muere. Los herederos quieren hacer la sucesión, y que quede cada una de las casas que habitan a su nombre.

Las dudas: Yo pense en iniciar la sucesión y mientras tanto hacer la subdivisión para asi, luego presentar el escrito de partición y luego poder inscribir cada unidad funcional a nombre de los herederos. Ahora...la subdivisión se que la hace un agrimensor, pero ello significa entonces que el terreno quedaria sujeto al regimen de propiedad horizontal no?? A su vez eso significaría que luego de la inscripción en el registro via juicio sucesorio habria que hacer una escritura de reglamento de copropiedad tambien???? Esa en la parte que no entiendo bien...
En el caso de no contar con el dinero para la subdivisión (estuve leyendo que esta cerca de $ 3000) se podría inscribir en el registro y luego subdividir cuando se quisiera en el futuro y presentar el escrito de partición poniendo fin asi a la comunidad hereditaria, verdad? Aunque dudo que convenga hacer en ese caso la inscripción, pues tal vez sería mejor esperar a que reunan el dinero para que no gasten dos veces no??

Si alguien hizo este trámite alguna vez y aclara el panorama un poco se lo voy a agradecer.

Saludos
Iris
 #495503  por Iris
 
en su caso tendria que adjuntar la escritura de copropiedad a la sucesión, junto con el escrito de partición y la constancia de subdivisión otorgada por el agrimensor??
 #498595  por Iris
 
para este topico si no tengo aún una autorespuesta...¿nadie sabe? mas que nada si tengo si hay algún problema en hacer la subdivisión años despues de la inscripción, y si el juez del sucesorio si o si cuando adjunto el plano de subdivisión me va a pedir la escritura del reglamento de copropiedad????? o en su caso si este reglamento me lo pide el registro si o si para inscribir??

Saludos
Iris
 #500780  por hveintiuno
 
Estimada Iris: Si no tenes la plata para la subdivision, tenes que inscribir a nombre de los herederos por la parte legal de cada uno. No tenes otra. El estado de propiedad horizontal nace con la inscripcion del reglamento en el registro. Y el reglamento no se puede hacer sin el plano. Lo ideal por cierto, seria subdividir e inscribir la sentencia + el reglamento+ las adjudicaciones en un solo acto. Saludos
 #602824  por LesKa
 
Hola Iris tengo un caso de similares características al tuyo. Como lo resolviste, pudiste iniciar la sucesión sin tener hecha la subdivisión. Sin este requisito se llega a la declaratoria. Gracias
 #838392  por Iris
 
Inscribi la declaratoria de herederos. Di desde ya mi recomendación de subdividir primero y luego inscribir, pero bueno, la gente decidió hacer solo la sucesión.
Saludos
Iris
 #838494  por Tiburcio
 
Los clientes encontraron la salida mas práctica.
Para cualquier subdivisión se necesitaba la conformidad de los titulares de dominio y al haber uno muerto esto no era posible hasta la tramitación de la declaratoria de herederos.
Ahora pueden subdividir físicamente (si es legalmente posible), mediante la modificación de las parcelas.
Si las parcelas no pueden subdividirse deberán someter todo el inmueble a propiedad horizontal, para lo que también se necesita la conformidad de todos los titulares. Esto ya será competencia del escribano.
 #1013357  por lunita_44
 
Encontré este topic.. tengo un caso igual, tengo ddhh ya y los planos de subdivisión... ahora bien, fui al juzgado a preguntar cual era el critero, lo que quiero es realizar la partición y que quede cada subparcela a nombre de un heredero, y me dijeron que nunca lo habian visto, que inscriba el bien total y que después se realice el resto... mi idea es evitar eso.. Por lo que lei parece que se puede, sobretodo el comentario de Tiburcio... espero confirmaciones!!! gracias chicos!!
 #1013638  por DraIngrid
 
Hola Lunita:
Para mí, si ya están aprobados los planos de subdivisiòn, lo que se debería hacer es la inscripción de la declaratoria por tracto abreviado en conjunto con el otorgamiento del Reglamento de Copropiedad y Subdivisión en propiedad horizontal, y la adjudicaciòn de cada unidad funcional. Hablá con un escribano. Para mí esa es la soluciòn. El Escribano sólo va a necesitar que el Juzgado ordene la inscripción de la declaratoria (para lo cual tienen que estar cumplidos los pasos procesales y tributarios correspondientes).- El resto corre por cuenta del Escribano.- Suerte