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  • Obligado a escriturar con escribano determinado

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 #1013415  por DrDaniel
 
Hola estimados colegas.
Resulta que un cliente, firmó un boleto de compraventa, y una de las cláusulas del mismo, establece que la escritura deberá realizarse ante un determinado escribano. Este escribano es quien les confeccionó el boleto y certificó la firmas. Resulta que mi cliente no desea hacer la escritura con ese profesional. ¿Generará deber de responder en caso de que no sea observada esa cláusula? Yo estimo que si, pero me gustaría escuchar alguna opinón.
Muchas Gracias

DrDaniel
 #1013447  por abogado_1987
 
como pauta tené presente
Art. 1.415. El vendedor debe satisfacer los gastos de la entrega de la cosa vendida, si no hubiese pacto en contrario.

Art. 1.424. El comprador debe pagar el precio de la cosa comprada, en el lugar y en la época determinada en el contrato. Si no hubiese convenio sobre la materia, debe hacer el pago en el tiempo y lugar en que se haga la entrega de la cosa. Si la venta ha sido a crédito, o si el uso del país concede algún término para el pago, el precio debe abonarse en el domicilio del comprador. Este debe pagar también el instrumento de la venta, y los costos del recibo de la cosa comprada.

CC

"... si se paga al contado, el comprador es quien tiene el derecho de elegir Escribano ... Si Ud. compra mediante un crédito hipotecario, el Escribano lo elegirá el acreedor hipotecario (por ej. el banco que le presta el dinero) ... Esta es la regla general. Nada prohibe que las partes acuerden otra cosa ... "

http://www.mirta-nunez.com.ar/planifica ... A%F1ez.htm
 #1013689  por legalescom
 
Salvo que acuerde con el vendedor, y por escrito, el designar un nuevo escribano de su confianza, deberá hacerlo por ante el notario referido en el contrato, ya que en caso de intimación, al vendedor, para escriturar, ante la renuencia de este, deberá conminarlo a hacerlo por ante el escribano del contrato, salvo, reitero, que se haya convenido por escrito un nuevo escribano.