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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1013801  por fabianMDP
 
Estimados foristas:
Debo remitir a un cliente residente en España, los formularios para tramitarle la jubilación aplicando el Convenio de Reciprocidad vigente entre Argentina y España. No es el primero que hago, pero necesito saber si esta bien el envío de la siguiente documentación:
A) Formulario OP2.64 (dos juegos).
B) Formulario OP2.17 Correlación (tres juegos).
C) Formulario PS.6.18SPP (Argentina).
D) Formulario PS6.4 Carta Poder (Argentina).
E) Formulario PS.6.284 DDJJ (Argentina).
F) Formulario ANEXO II eximisión Cert. de Servicios (Argentina).
G) Formulario DDJJ no más pruebas (Argentina).

Asimismo deberá certificar copia ante la representación Consular de Argentina de:
A) D.N.I.
B) Pasaporte.

Y debe además tramitar:
A) Certificado de domicilio extendido por el Ayuntamiento correspondiente.

ALGO MAS ???
Espero respuestas. Desde ya muchas gracias !!!
 #1013802  por MEI38
 
fabianMDP escribió:Estimados foristas:
Debo remitir a un cliente residente en España, los formularios para tramitarle la jubilación aplicando el Convenio de Reciprocidad vigente entre Argentina y España. No es el primero que hago, pero necesito saber si esta bien el envío de la siguiente documentación:
A) Formulario OP2.64 (dos juegos).
B) Formulario OP2.17 Correlación (tres juegos).
C) Formulario PS.6.18SPP (Argentina).
D) Formulario PS6.4 Carta Poder (Argentina).
E) Formulario PS.6.284 DDJJ (Argentina).
F) Formulario ANEXO II eximisión Cert. de Servicios (Argentina).
G) Formulario DDJJ no más pruebas (Argentina).

Asimismo deberá certificar copia ante la representación Consular de Argentina de:
A) D.N.I.
B) Pasaporte.

Y debe además tramitar:
A) Certificado de domicilio extendido por el Ayuntamiento correspondiente.

ALGO MAS ???
Espero respuestas. Desde ya muchas gracias !!!
Hola Fabian, tuve una jubilación para tramitar por convenio y no necesité certificar en el consulado, por una circular o resolución permiten que organismos españoles certifiquen, buscaré la resolución y te la menciono creo que solo te faltaría la residencia y la supervivencia o fe de vida, saludos