Buen día, se notificó la suspension a un empleado mediante carta documento al domicilio declarado, donde ya ha recibido mas notificaciones. En este caso el correo la devolvio por no encontrarse nadie en el domicilio. Creía que si el empleado no concurria al correo a retirar la carta, se entiende que acepta los terminos de la misma
Navegando este portal, vi un post con un fallo (no del fuero laboral) que solo una minoria reconocia el argumento anterior. Me gustaría saber que ley me ampara en los casos que los empleados no reciben sus notificaciones, o que debo hacer.
Navegando este portal, vi un post con un fallo (no del fuero laboral) que solo una minoria reconocia el argumento anterior. Me gustaría saber que ley me ampara en los casos que los empleados no reciben sus notificaciones, o que debo hacer.