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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1012825  por bhacros
 
Hola foristas... necesitaría una opinión de aquellos que tengan un poco mas de experiencia... el tema es el siguiente: tengo una certificación de aportes firmada por banco, que indica aportes por 7 años desde 1969 hasta 1976, ahora bien en el sistema de Anses de esos años solo registra 1 año y 8 meses... que me aconsejarían que me olvide de esos años y cierre con la moratoria como si el certificado no existiera o inicio la jubilación teniendo en cuenta esos años...
En mi opinión como son solo cinco años, e igual va a necesitar hacer la moratoria para llegar a los 30 años, mejor es no complicar el tema y no presentar esa certificación...
Pero si alguien tiene otra opinión me gustaría saber sus fundamentos, para ver que camino tomar en beneficio de mi cliente gracias...
 #1012844  por diegomdp
 
1- pregunta que banco es??? o ficial o privado?
2- que periodos figuran en el sipa y figura constancia de afiliacion? si podes copiame el historico de sipa y te digo
3 y cuando esta emitida la cetificacion de servicios????
dependiendo de todas esas respuesats es como se aplica la probatoria de servicios
 #1014050  por bhacros
 
Hola diegomdp, respondo a tus consultas...
1) BANCO TORNQUIST (Privado)
2) En planilla histórica figuran 12 meses de 1976 y 8 meses de 1977
3) La fecha de emisión de la certificación data de 08/1986
Agrego:
4) Los perídos que registra el certificado: 8 meses 1969
12 meses 1970
" " 1971
" " 1972
" " 1973
" " 1974
" " 1975
" " 1976
8 " 1977 total: 8 años y 4 meses.

5) Según la normativa 524 apartado 1.1.1.3 último párrafo (creo que es la aplicable, corregime si me equivoco) señala..."Si las empresas no se encontraran activas, se deberá evaluar la documentación presentada por el titular al momento del inicio de la presentación: los fundamentos que correspondan a la evaluación integral y razonada de la prueba, deberán ser materia de dictamen jurídico, producido por el abogado asignado a tal efecto en la UDAI interviniente."

Bueno, resta decir que aunque no tome estos años de la certificación igual con la moratoria llego a los años que necesita, pero no se si estaría equivocándome y debería incluirlos como si ya estuvieran acreditados dado que en el mismo apartado anterior, en párrafo sexto menciona que "...se acreditarán los servicios si registra un (1) año en el SIJP...", y como dije en planillas figuran 1 año y 8 meses con esta empresa.
Agradecería opiniones... saludos buen año para todos...
 #1014092  por DiegoChaco
 
Hola, si tenes al menos 3 recibos de sueldo por año, yo te recomiendo que tomes los aportes de la certificac de servicios para el calculo del SICAM. A mi con esa documentación como prueba, me salieron acordadas varios tramites jubilat con aportes de empresas q ya no existen. Y 7 años de aportes no es poco como para desechar.
Saludos
 #1014138  por bhacros
 
gracias por las respuestas, son de gran ayuda, pero no tiene los recibos puesto que los desechó en una mudanza lamentablemente... Saludos...
 #1014196  por diegomdp
 
bhacros escribió:Hola diegomdp, respondo a tus consultas...
1) BANCO TORNQUIST (Privado)
2) En planilla histórica figuran 12 meses de 1976 y 8 meses de 1977
3) La fecha de emisión de la certificación data de 08/1986
Agrego:
4) Los perídos que registra el certificado: 8 meses 1969
12 meses 1970
" " 1971
" " 1972
" " 1973
" " 1974
" " 1975
" " 1976
8 " 1977 total: 8 años y 4 meses.

5) Según la normativa 524 apartado 1.1.1.3 último párrafo (creo que es la aplicable, corregime si me equivoco) señala..."Si las empresas no se encontraran activas, se deberá evaluar la documentación presentada por el titular al momento del inicio de la presentación: los fundamentos que correspondan a la evaluación integral y razonada de la prueba, deberán ser materia de dictamen jurídico, producido por el abogado asignado a tal efecto en la UDAI interviniente."

Bueno, resta decir que aunque no tome estos años de la certificación igual con la moratoria llego a los años que necesita, pero no se si estaría equivocándome y debería incluirlos como si ya estuvieran acreditados dado que en el mismo apartado anterior, en párrafo sexto menciona que "...se acreditarán los servicios si registra un (1) año en el SIJP...", y como dije en planillas figuran 1 año y 8 meses con esta empresa.
Agradecería opiniones... saludos buen año para todos...
a vos te deberian aplicar el punto 1.1.3 no el 1.1.1.3 porque tu caja es ex banco privados fijate que pide registro de firmas y sino inclusion en planillas, las planillas son una informacion que se pide a un area interna de anses, (area gestion activos) con lo cual vos no sabes lo que dicen, en el caso de los bancos privados tenes planillas hasta el año 76 ver anexo 2 de la 524 al final, en lineas generales por lo que he visto lo que figura en sipa figura en planilla, puede pasar que en planillas figure mas de lo que figura en sipa, con lo cual si tenes año 76 en sipa no deberias tener problema ya que tendrias el requisito del año.

Ahora eso es la teoria, en la practica depende como lo carguen, aca por ejemplo jamas te cargan bien el codigo de caja, el codigo de caja es lo que toma el sica para hacerte la probatoria, siempre te ponen el 9 (comercio) o el 11(industria) si queres que te pongan otro se lo tenes que pedir al inciiador y decirle cargalo con esta caja y si el iniciador tiene buena onda te lo hace, computos jamas controla eso al menos es lo que pasa aca, con lo cual si este fuera el caso, tu caso entraria en el punto 1.1.1.2 y tambien lo acreditarian.

conclusion vaya por un lado o por el otro no deberias tener problama, si lo cargan bien hay ams incertidumbre porque dependeria un pedido de informacion al sector de activos, silo cargan mal como siempre hacen lo acredita el mismo sica en el momento de hacer la probatoria, lo que hacen algunos aca ya que los iniciadores hacen la probatoria es no pagar la cuota y pedirle a inicidor que le haga la probatoria para ver si el sica lo acredita o lo manda a verificar.

esta es la explicacion tecnica, en mi opinion no deberias tener problema pero nunca sabes en la practica con que te podes encontrar del otro lado del mostrador, aca hay tramites que tenes que andar viendo el iniciador porque sabes que con algunos vas a terminar en verificaciones innecesarias y con riesgo de que no te acrediten algun servicio o el caracter de los servicios cuando la normativa le dice como hacer que lo acrediten
 #1014197  por diegomdp
 
DiegoChaco escribió:Hola, si tenes al menos 3 recibos de sueldo por año, yo te recomiendo que tomes los aportes de la certificac de servicios para el calculo del SICAM. A mi con esa documentación como prueba, me salieron acordadas varios tramites jubilat con aportes de empresas q ya no existen. Y 7 años de aportes no es poco como para desechar.
Saludos
ojo la cantidad de recibos depende del criterio del abogado de turno de legales, aca hasta una epoca te pedian 6 por año y dependiendo el abogado que justo agarra el tramite para dictaminarlo solo te acreditaba los meses que tenias recibos, al extremo de si tenias 10 meses te tomaba 10 y los otros dos meses del año por mas que fueran periodos intermedios no los acreditaba, voy a consultar a ver si tienen alguna instruccion interna que exija una cantidad minima o queda a criterio de empleado de turno,
 #1014221  por fabidoc
 
hacen cualquier cosa con la probatoria. A mi me pidieron recibos de sueldos y en el período de que se trataba cumplía con más del 35% de los servicios, no presenté nada, aunque los tenía, sí presenté una nota con toda la explicación s/524 y me lo otorgaron.
En este caso, creo que tampoco debería tener problemas si consta la afiliación.
 #1014251  por diegomdp
 
fabidoc escribió:hacen cualquier cosa con la probatoria. A mi me pidieron recibos de sueldos y en el período de que se trataba cumplía con más del 35% de los servicios, no presenté nada, aunque los tenía, sí presenté una nota con toda la explicación s/524 y me lo otorgaron.
En este caso, creo que tampoco debería tener problemas si consta la afiliación.
el problema no es el sica sino quien carga el sica, la probatoria depende de lo que cargues si te equivocas puede pasar cualquier cosa y la verdad es bastante compleja porque debes tener bastantes cosas en cuenta segun el caso, por eso suelen hacer la facil lo cargan con caja 09 o 11 para servicios comunes con lo cual el sica corre la probatoria tradicional y no los casos especiales,
 #1014256  por bhacros
 
Bueno, a la opinión de ustedes, las cuales desde ya agradezco, sumo este comentario... Fui a una UDAI, y consulté este tema con un encargado del sector de iniciación que me indicó sin lugar a dudas, que presente la certificación, le dije que no tenía otro respaldo documental, a lo que igual me señaló -presentala, presentala- Entonces voy a sumar estos años de la certificación y dentro de unos meses les cuento que pasó... Gracias por el tiempo que se tomaron para ayudarme...saludos...
 #1014270  por floppy
 
En mi caso tuve una clienta con 27 años de aportes para la misma empresa, y con certificacion de servicios con firma certificada, y lo mandaron a Capital Federal a verificar erróneamente, y tardó 9 meses en salir la jubilación!! te aconsejo que le estes encima al expediente y que le avises al cliente que puede demorarse más de lo normal!!
 #1014339  por bhacros
 
Bien, si lo tengo en cuenta floppy, gracias...
Una mención especial, cuando fui a la UDAI (prefiero no decir cual), me presento de paracaidista con esta consulta y me atendieron muy amablemente, fue una sorpresa, porque siempre que voy a preguntar algo parece que les fastidia... por lo menos hoy fue así...saludos
 #1041393  por bhacros
 
Respecto de la certificación presentada para iniciar la jubilación... Salió el beneficio otorgado correctamente... gracias a todos...