Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Jubilac Discapacitada c pens deriv

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1013724  por DiegoChaco
 
Hola Forista:
Quiero consultarles si se puede jubilar una persona discapacitada de 70 años que por su condición de hija discapacit cobra una pens deriv de su madre.
La cosa viene asi: hace 4 años, cuando muere su madre, quise hacerle primero la jubilac y posterior/ la pens deriv, para no pagar la morat de contado. Pero en Anses, me frenan diciendo que para que prospere la pens deriv, la discapacit como requisito no debia tener ningun ingreso economico. Por ello, si la jubilaba, esa jubilac actuaba como ingreso genuino y le deniegarian la pens deriv. Entonces opte por hacerle la pens deriv. Pero siempre me quedo la duda de si puede o no jubilarse. Por eso la consulta.
Atte
Diego
 #1014442  por MARIO1943
 
PARA PODER COBRAR LA PENSION , ESTA SUPEDITADA A LAS EXIGENCIAS DEL ART 53 DE LA LEY 24241, QUE DICE QUE PARA ACCEDER AL BENEFICIO D E PENSION POR FALLECIMIENTO, EL DERECHOHABIENTE INCAPACITADO DEBE ESTAR A CARGO DEL CAUSANTE, CUANDO EXISTA UN ESTADO DE NECESIDAD POR CARENCIA DE RECURSO PERSONALES Y QUE DICHA FALTA DE CONTRIBUCION IMPORTA UN DESEQUILIBRIO ECONOMICO.

PERO HAY UN FALLO AL RESPECTO

La Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social en sentencia del 30 de junio de 1998, recaída en autos "Chamorro, Adhelma c/ANSeS" determinó que no es óbice para acceder a la pensión el hecho de estar afiliada a un régimen previsional (cfr. CSJN - 31/5/1995, "Ventavoli, Josefa Angélica"). Además, debe tenerse presente que la legislación previsional no requiere el estado de indigencia para que el beneficio sea procedente, pues basta la demostración de la insuficiencia de los recursos propios en orden a la subsistencia de la beneficiaria (Fallos - T. 205 - pág. 544; T. 227 - pág. 55), ya que se entiende que el derechohabiente estuvo a cargo del causante cuando concurren en aquél un estado de necesidad revelado por la escasez o la carencia de recursos personales, y la falta de contribución importa un desequilibrio esencial en su economía particular
 #1014890  por DiegoChaco
 
Perdón por la demora, Gracias Mario.!
Ahora, entiendo que esos fallos corresponden a casos donde el discapacitado solicita la pens derivada del fallecim d alguno de los padres. O entendí mal...???
Y yo planteo el caso de una discapacitado que, cobrando la pens deriv x fallecim d padres, quiere hacer la jubilación (con SICAM de contado).