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 #1014420  por estuki
 
hOla FORISTAS TENGOQ EU INICIAR UN DESALOJO Y LA LOCADOR FALLECIO EN PRINCIPIO TENGO QUE MANDAR CD INTIMANDO TENGOQ EU INICAR SUCESION COMO COMIENZO ???GRACIAS
 #1014453  por abogado1987
 
iniciaría sucesión,
solicitaría se designe administrador provisional
"autorizado para promover, proseguir o contestar las demandas de la sucesión"

ADMINISTRADOR PROVISIONAL
Art. 692. - A pedido de parte, el juez podrá fijar UNA (1) audiencia para designar administrador provisional. El nombramiento recaerá en el cónyuge supérstite o en el heredero que, prima facie, hubiere acreditado mayor aptitud para el desempeño del cargo. El juez sólo podrá nombrar a UN (1) tercero cuando no concurrieren estas circunstancias

FACULTADES DEL ADMINISTRADOR
Art. 712. - El administrador de la sucesión sólo podrá realizar actos conservatorios de los bienes administrados.
Sólo podrá retener fondos o disponer de ellos con el objeto de pagar los gastos normales de la administración. En cuanto a los gastos extraordinarios se estará a lo dispuesto en el artículo 225, inciso 5.
No podrá arrendar inmuebles sin el consentimiento de todos los herederos.
Cuando no mediare acuerdo entre los herederos, el administrador podrá ser autorizado por el juez para promover, proseguir o contestar las demandas de la sucesión. Si existieren razones de urgencia, podrá prescindir de dicha autorización, pero deberá dar cuenta al juzgado de esa circunstancia en forma inmediata.
CPCCN