Hola: Bien se expuso que debes solicitar un cambio de calificación Legal. Pues bien, cuando solicitas un cambio de calificación, es porque se considera que lo dicho, lo investigado... se subsume bajo un tipo penal diverso al calificado por el Director del Proceso - Juez o Fiscal dependiendo de la Provincia o si estamos en sede Federal. Yo vivo y ejerzo en la Provincia de Salta, cuyo Código de Procedimiento no exige formalidad específica a tales fines. Lo que debes hacer es concatenar los obrados en Autos con el tipo penal que consideras ajustado a los hechos que le dieron origen y, cnsecuentemente - haciendo uso de los Principios Constitucionales y la Sana Crítica Racional - desvirtuar la calificación habida. Para ello es muy bueno hacer uso de las Fuentes del Derecho, como lo son - entre otras - doctrina y Jurisprudencia. Haz las reservas que la Legislación Procesal te permita - en el caso de Salta, recurrir en Apelación, por ej. Más aun, para el caso de que tu cliente se encuentre privado/da de su libertad, busca el parangón Constitucional - en tu Provincia - equivalente al Art. 5 de la Constitución Provincial de Salta. Tambien puedes hacer uso del principio de la arbitrariedad - si notas en autos que existe - cuyo basamen legal (entre otros) los puedes encontrar en la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Coste Rica", Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos... siempre teniendo en cuenta que, al menos los dos nombrados, son de raigambre Constitucional, atento a lo establecido por el Art. 75 Inc. 22 de la Constitución Nacional. Espero haberte sido de ayuda. Atte. Sarah