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 #1014930  por lex30
 
HOLA: estoy tramitando una sucesion en la cual solo hay un auto.
Un solo causante, herederos los padres.
Despues de la declaratoria, tengo la duda de que debo presentar, tramita en lomas y la idea es venderlo.
Para mi seria asi:

Dominio del auto (donde lo debo pedir)
Inhibivion del causante
titulo original
Valuacion (me dijeron en el juzgado que presente un recorte de diario, con alguna publicación similar)
Tasa
Sobre tasa
honorarios y aportes
Esta todo bien asi?
 #1015065  por abogado_1987
 
lex30 escribió:HOLA: estoy tramitando una sucesion en la cual solo hay un auto.
Un solo causante, herederos los padres.
Despues de la declaratoria, tengo la duda de que debo presentar, tramita en lomas y la idea es venderlo.
Para mi seria asi:

Dominio del auto (donde lo debo pedir)
Inhibivion del causante
titulo original
Valuacion (me dijeron en el juzgado que presente un recorte de diario, con alguna publicación similar)
Tasa
Sobre tasa
honorarios y aportes
Esta todo bien asi?
como pauta tené presente
“Lomas de Zamora, de Julio de 2013.-
. . .
A efectos de imprimir economía y celeridad en el trámite del proceso, hágase saber a las partes intervinientes, que en forma previa a requerir la inscripción de el o los bienes que componen el acervo hereditario, deberán acreditarse los siguientes extremos, según se trate de:

...

II) BIENES MUEBLES REGISTRABLES-AUTOMOTORES-: 1) Certificado de dominio libre de gravamen ( RPA); 2) valuación vigente ( fiscal-DIR RENTAS); en caso de no tratarse de un rodado valuado por el Organismo recaudador, acompáñese publicación de revista especializada en el rubro o tasación expedida por concesionaria; 3) título de propiedad original ( ley 14467); 4) Declaración jurada patrimonial; 5) pago de tasa y sobretasa de justicia ( cfr. Código Fiscal y ley 8455).-


En todos los casos y liminarmente deberá darse cumplimiento con la REs. SCBA 4342/00 y Dec. 387/00, debiendo denunciarse en autos CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION TRIBUTARIA -CUIT-, CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION LABORAL -CUIL- O CLAVE DE IDENTIFICACION, de todas las partes intervinientes en autos, como así adjuntar certificado vigente de anotaciones personales del causante (RPI) y declaración jurada patrimonial, en su caso.- … JUEZ"


Lomas de Zamora, de Julio de 2013 .-

A efectos de imprimir economía y celeridad en el trámite del proceso, hágase saber a las partes intervinientes, que en forma previa a requerir la inscripción de el o los bienes que componen el acervo hereditario, deberán acreditarse los siguientes extremos según se trate de:

II) BIENES MUEBLES REGISTRABLES - AUTOMOTORES: 1) certificado de dominio libre de gravamen (R.P.A.); 2) certificado de anotaciones personales (inhibición y cesión de derechos y acciones hereditarias) (R.P.I.); 3) valuación fiscal vigente; 4) título de propiedad original o copia debidamente certificada (ley 14.467); 5) declaración jurada patrimonial; 6) pago de la tasa y sobretasa de justicia (cfr. Código Fiscal y ley 8455).- Fdo. … JUEZ”