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  • DONDE NOTIFICO ABSOLUCION DE POSICIONES?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #397891  por valeria0407
 
LAS POSICIONES SE NOTIFICAN AL REAL NO? PERO NO TENGO EL REAL .
EL DEMANDADO ES UN COREANO ( TIENDA) Y EL UNICO DOMICILIO QUE TENGO ES EL LABORAL .
VALE SI LO NOTIFICO ALLI???????????????
 #398011  por Amorina
 
Cuando contestó demanda no denunció domicilio real?
Igual, fijate que si la parte se presenta con apoderado, la cédula va al real, si se presentó con patrocinante va al constituido (al menos en Chubut)
 #398050  por mona76
 
La absolución siempre se notifica en el real.
Si no lo tenés, podés denunciar el domicilio laboral en el expediente como el único conocido por tu parte y solicitar se diligencien allí las notificaciones. Si el Juzgado te autoriza es porque las tiene por válidas.
Yo lo he hecho en juicios civiles (ejecución por cobro de pesos) y nunca tuve problemas, pero de cualquier manera fijate en tu código de procedimientos laboral que dice.
Suerte!
 #398060  por cuervita
 
perdon se me corto el mensaje jajaj
por ej. el de san juan establece que se notifica la absolucion de posiciones al domicilio constituido.
 #399104  por DAL
 
Los codigos tiene apercibimientos para casos donde el demandado no denuncia el domicilio real, y varian, puede ser que se tenga por valido el consituido o bien que se lo tenga por constituido en los estrados judiciales.
Sin saber que código se aplica, no sabremos cual es el sistema.
 #399627  por taty2008
 
Cuando me pasa eso, y estoy con suficiente tiempo para notificar (es decir, no se viene la fecha encima) le pido al juzgado que intime a la otra parte a denunciar el domicilio real bajo apercibimiento de enviar la cédula notificándole la citación para absolver posiciones al domicilio constituido.
 #510429  por 1982
 
Hola! soy nueva en el foro y en la profesion!!!
tengo una duda que al principio me parecia una pavada pero nadie pueda evacuarla concretamente.
en una demanda laboral, donde el demandado contesto demanda, si yo presento el pliego de posiciones y él no se presenta queda confeso por las posiciones y por los hechos de la demanda o no??? es en capital el juicio!
 #934072  por leonardobt
 
Que ocurre cuando al demandado se le dio por decaído el derecho por no haber contestado demanda y se tiene constituido domicilio en Estrados del Juzgado.
Donde notifico?
Puedo pedir la Confesión Ficta en la audiencia?