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 #1015504  por gabryelntr
 
Les tengo una consulta, tengo una clienta que le llego la carta de consolidación después de fallecida, no se puede presentar a recibir los papeles, hay posibilidad de los herederos de recibir este bien mediante sucesión?
Muchas gracias
 #1015813  por mariferzara
 
Hola,me imagino que te referís al trámite de la Ley Pierri, sí, tenés que acreditar calidad de heredero y el trámite de consolidación de dominio es posible. SDS