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  • Empleado Monotributista - Falta de Registracion

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1016067  por SOLVENCIALEGAL
 
Estimados Colegas,

Buenas Tardes,

Tengo un cliente nuevo que fue monotributista de una Empresa de Salud, trabajando como profesional durante 2 años. Se fue del lugar en Sept. 2013 pero nunca los intimó para que registren la relación laboral (se fue por motus propio), toda vez que cumplia una jornada de 24 hs semanales bajo dependencia técnica, jurídica y económica y les facturaba todos los meses. Nunca hubo contrato de locación de servicios y mucho menos contrato laboral. Mi duda es la siguiente, dado que entiendo que no puedo alegar "se le aclare la situación laboral" toda vez que hace 4 meses que no labora alli, menciono que hubo un despido verbal con fecha sept 2013 (no lo hubo) o directamente los intimo a que registren la relación existente de junio 2011 a sept 2013 bajo apercibimiento de la 24013? y les solicito abonen las diferencias salariales adeudadas conforme convenio de actividad y las indemnizaciones previstas por el 245, 232 etc? Aguardo sus comentarios!!!!

Gracias por los aportes que siempre recibo!!

Natalia
 #1016073  por SOLVENCIALEGAL
 
YO HICE ESTA CD, PERO NO SE SI ESTARIA CORRECTA, DADO QUE SOY NOVATA EN DERECHO LABORAL, AGRADECERE SUS APORTES AL RESPECTO!!!!

Atento la relación laboral existente entre Ud. y esta parte, desde el 01/12/11 hasta el 18/09/13 y en virtud a los requerimientos efectuados sin obtener respuesta satisfactoria a mis legítimos reclamos, intimo a Ud., esta vez por medio fehaciente, para que en el plazo perentorio e improrrogable de ley, de conformidad con el art. 11 de la ley 24.013 A) proceda a registrar la relación laboral por el período laborado y no registrado conforme los siguientes datos: : fecha real de ingreso: 01/12/2011, efectuando tareas de los consultorios de vuestro Sanatorio sito en la calle con una jornada durante toda la relación de 24 horas semanales, por una remuneración mensual, normal y habitual de: $ , desempeñando funciones asignadas bajo su orden. Asimismo, y ante la falta de pago de los rubros laborales adeudados: B) abone: diferencias salariales adeudadas previstas en escalas salariales del convenio colectivo que regula la actividad, correspondientes a 2012 y 2013, SAC primer y segundo semestre 2012, vacaciones no gozadas 2012, vacaciones proporcionales 2013, viandas de comida, integración mes de despido, SAC primer y segundo semestre 2013, feriados, francos y horas extras al 50% y 100% laboradas y no abonadas, reemplazos de coordinación realizados y no abonados, indemnizaciones por despido conforme Arts. 245; 246, 123, 156, 232, 233 LCT, liquidación final y todo otro rubro que corresponda. . C) Asimismo formulo requerimiento fehaciente para que entreguen certificados de servicios y remuneraciones, conforme Art. 45 Ley 25.345 (Art. 80 LCT último párrafo), plazo previsto en el Artículo 3º del decreto reglamentario Nº 146/01 como así también, mismo plazo ley de recibida la presente. D) Efectúen entrega de constancia de aportes provisionales, sindicales, de obra social por todo el tiempo laborado y recibos de haberes consignando los datos precedentemente transcriptos, debido que conforme Art. 139 RCT “El recibo será confeccionado por el empleador en doble ejemplar, debiendo hacer entrega del duplicado al trabajador”, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales para su cobro y reclamo de las indemnizaciones que establecen los Art. 80 y 132 de la LCT, bajo apercibimiento multas consagradas en las leyes 25323, Arts. 8, 9, 10 y 15 de la ley 24013, 25345, 25561 Art. 16 y demás indemnizaciones que a mi favor establezca la legislación laboral. E) Por todo lo expuesto intimo plazo perentorio e improrrogable de 48 hs se expida por este medio sobre mi petitio, muy especialmente sobre mi pedido de regularización y deposite sumas adeudadas, todo ello bajo apercibimiento de considerar cualquier otro tipo de conducta suya como injuriante. F) Asimismo le comunico que debido a la falta de registración de nuestra relación, nada obsta en hacer solidariamente responsables a vuestros socios, conforme art. 54 LSC; como así también extender la responsabilidad a mis objetivos. De la presente remito copia a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prevista por la ley 25.345. Queda Ud. debidamente notificado.
 #1016186  por Romina34
 
1- estas dando por hecho q la relación finalizó en septiembre de 2013, sin quedar claro porque finalizó.
2- en ese caso, no sería aplicable la ley 24013, porque esta ley es aplicable estando la relación vigente.
3- además, denunciando que la relación fue hasta sep de 2013 mal podrías intimar a que se registre el contrato de trabajo, porque tal intimación es bajo apercibimiento de considerarse despedido, y según la intimación la relación terminó, por lo que no podría considerarse despedido de nada.
4- esta persona esta trabajando actualmente en relación de dependencia? en ese caso, tampoco podrías intimar a la registración.
5- las alternativas podrían ser: intimar simulando que la persona esta trabajando actualmente, no lo recomiendo si no se podría probar; o intimar denunciando despido verbal (allá en septiembre de 2013) intimando pago de indemnización x antiguedad y demás rubros, siendo aplicable la ley 25323
saludos,