Hola que tal, consulto por lo siguiente:
Inicie proceso de guarda con fines asistenciales en Tribunal de Flia. en Pcia de Bs As. Solicite en la demanda prueba testimonial entre otros medios de prueba, me la proveyeron pero en el despacho inicial me la concedieron de la siguiente manera que nunca me habia pasado:
Testimonial:" A los efectos de acreditar la idoneidad del pretenso guardador, hágase saber al requirente que en el plazo perentorio de diez días deberá presentar el interrogatorio de los testigos y su declaración firmada por ellos y letrado patrocinante, las que serán incorporadas al presente proceso sin necesidad de ratificación alguna y las que puestas de manifiesto, habilitará a la suscripta y a las partes, de considerarse ello necesario, a requerir la citación de los testigos para corroborar y/o ampliar su declaración. (arts.391 y 475 del Cód.Civ)."
Por lo que entiendo debo presentar en un escrito no solo las preguntas como indica el codigo procesal sino tambien con las respuestas ya dadas por los testigos firmadas por ellos???
En este caso no hay produccion de dicha prueba mediante la audiencia de rito???
Espero puedan aclararme esta duda si estoy en lo cierto.
Saludos cordiales
Inicie proceso de guarda con fines asistenciales en Tribunal de Flia. en Pcia de Bs As. Solicite en la demanda prueba testimonial entre otros medios de prueba, me la proveyeron pero en el despacho inicial me la concedieron de la siguiente manera que nunca me habia pasado:
Testimonial:" A los efectos de acreditar la idoneidad del pretenso guardador, hágase saber al requirente que en el plazo perentorio de diez días deberá presentar el interrogatorio de los testigos y su declaración firmada por ellos y letrado patrocinante, las que serán incorporadas al presente proceso sin necesidad de ratificación alguna y las que puestas de manifiesto, habilitará a la suscripta y a las partes, de considerarse ello necesario, a requerir la citación de los testigos para corroborar y/o ampliar su declaración. (arts.391 y 475 del Cód.Civ)."
Por lo que entiendo debo presentar en un escrito no solo las preguntas como indica el codigo procesal sino tambien con las respuestas ya dadas por los testigos firmadas por ellos???
En este caso no hay produccion de dicha prueba mediante la audiencia de rito???
Espero puedan aclararme esta duda si estoy en lo cierto.
Saludos cordiales