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  • CUOTA ALIMENTARIA- RETENCION % DE HABERES

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1015870  por marielnqn
 
Hola a todos! alguien que me pueda dar una mano con tema familia!.. no hago familia pero tome el caso a una clienta especial por un caso de cuota alimentaria. El juez nos aprobo la retencion de haberes del 30% y enviamos oficio al empleador. El gran problema es que no se como proceder con la empresa ya que desde mes de octubre que fue notificada viene incumpliendo orden judicial y solo retuvo mes de diciembre y de se lo acredito a mi clienta 30 dias despues de la fecha de cobro.

..algun modelo de escrito o CD que me puedan acercar?? podremos pedir multa a la empresa???

gracias y buenas tardes!!!!
 #1016912  por MCuello
 
Yo te diría que trates de hablar con el sector de recursos humanos de la empresa en cuestión.
Les preguntes cómo van a hacer con los depósitos que faltan, ya que el 30% se entiende que es el máximo que pueden embargar, pero lo que a veces no entienden es que cuando se trata de alimentos ( si asi lo dice el Oficio, porque bien puede ser una ejecución de sentencia), el porcentaje puede aumentar.
Respecto al depósito que hacen tantos días después, es porque primero hacen el pago de salarios, luego las cargas sociales como el día 10 y hacer el depósito en Bco. Pcia. es todo un reto!!!, asi es que lo dejan para el último, además que el Bco. casi siempre comete errores de números de cuentas y tardan bastante en acreditar.
Yo tuve casos parecidos y me manejaba con Rec. Humanos. Si ya comenzó a cobrar tu clienta, decile que se cuente por dichosa y se arme de paciencia, porque no es extraño que cada tanto se encuentre con retrasos a la hora del cobro.
Es triste, pero real.
Suerte.
Marisa
 #1017455  por Lptk
 
I- Que, con la constancia que acompaño, vengo a acreditar que el día 25/02/13 se cumplió el diligenciamiento del oficio librado en autos, dirigido al Sr. ---empleador---

II- Que adjunto saldo de la cuenta de autos, de donde surge que a pesar haber recibido 3 oficios en fecha 04-05-12; 01-11-2012 y 25-02-2013, el Sr. ----- no ha cumplido con la traba del embargo.

III- Atento lo expuesto en el párrafo anterior, solicito a V.S se ordene aplicar astreintes al oficiado desde el día 25/02/2013 según lo normado en el art. 666 bis Código Civil, art. 37, CPCC.

Salió este auto:
Buenos Aires, 17de mayo de 2013.- FM
Agréguese y tiénese presente.-
Líbrese nuevo oficio con carácter de reiteratorio,
adjuntando al mismo copia de los oficios anteriormente librados, y
haciéndose saber que deberá ser contestado dentro del término de 10
días hábiles, bajo apercibimiento de imponérsele una multa de $1.000
en concepto de sanciones conminatorias (art. 398 del CPCC).-

Le mandé el oficio y pagó todo junto!!!