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  • falta de legitimacion pasiva del trabajador demandado

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1017702  por CORTESUPREMA
 
Al efecto faculta para que se presente ante las autoridades que corresponda, con escrito, documentos y cuantos justificativos creyera necesario, pudiendo demandar y contra demandar, contestar demanda y contra demanda, apelar, recusar, decir de nulidad, prestar cauciones y juramentos, tachar y presentar testigos, proponer y nombrar toda clase de peritos, árbitros, arbitradores, síndicos y recusarlos, poner y absolver posiciones, oponer y contestar toda clase de recursos, diligenciar toda clase de oficios y exhortos, pedir embargos preventivos y definitivos, inhibiciones, rescisiones de contrato o su cumplimiento, aceptar y conceder quitas y esperas, ofrecer y denunciar bienes a embargo, pedir cotejos y reconocimientos de firmas y documentos, cobrar, percibir, transar, dar en pago, desistir, substituir, dar carta de pago y toda cuanta otra facultad más le fuera necesaria, para mejor desempeño de este mandato y hasta su completa terminación con todos sus incidentes.
Con lo que terminó el acto y previa lectura y ratificación, firmó el compareciente ante mí de lo que doy fé.-