Hola gente, les planteo mi consulta.
Mi cliente compra un auto, no hace la transferencia. El auto posteriormente es robado de la puerta de su casa. Se inicia investigación penal y se otorga certificado de no hallazgo. Lógicamente, la póliza esta a nombre de mi cliente, aunque registralmente el auto tiene como titular el vendedor.
Vamos a iniciar el reclamo contra la compañía, ya en sede judicial (fuero comercial) ya que la mediación esta hecha.
Ahora bien, hablando con un colega, me comento que si el auto no esta registralmente anotado a nombre de mi cliente (asegurado), la compañía no va a pagar. Yo le dije que para mi no era así, dado que el contrato tiene 2 partes, y el vendedor (titular registral) es ajeno al mismo, no es parte, por ende la compañía puede tranquilamente pagar la póliza a mi cliente (asegurado-poseedor del rodado).
Con el vendedor (titular registral) hay contacto y eventualmente podría hacerse la transferencia y baja ante el Registro, pero mi pregunta concreta es: ¿Es necesario que el asegurado sea también el titula registral del auto para que eventualmente en juicio paguen?
Es la primer demanda que hago de este tipo, y no tengo ganas de meter la gamba... Si me dan una mano, se agradece!
Saludos
Mi cliente compra un auto, no hace la transferencia. El auto posteriormente es robado de la puerta de su casa. Se inicia investigación penal y se otorga certificado de no hallazgo. Lógicamente, la póliza esta a nombre de mi cliente, aunque registralmente el auto tiene como titular el vendedor.
Vamos a iniciar el reclamo contra la compañía, ya en sede judicial (fuero comercial) ya que la mediación esta hecha.
Ahora bien, hablando con un colega, me comento que si el auto no esta registralmente anotado a nombre de mi cliente (asegurado), la compañía no va a pagar. Yo le dije que para mi no era así, dado que el contrato tiene 2 partes, y el vendedor (titular registral) es ajeno al mismo, no es parte, por ende la compañía puede tranquilamente pagar la póliza a mi cliente (asegurado-poseedor del rodado).
Con el vendedor (titular registral) hay contacto y eventualmente podría hacerse la transferencia y baja ante el Registro, pero mi pregunta concreta es: ¿Es necesario que el asegurado sea también el titula registral del auto para que eventualmente en juicio paguen?
Es la primer demanda que hago de este tipo, y no tengo ganas de meter la gamba... Si me dan una mano, se agradece!
Saludos
Lo que hubiera podido ser, no existe...


