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 #1017616  por adrianne
 
Hola cómo estan? espero hayan descansado. Acudo a uds por un consejo. Tenemos un juicio comercial con sentencia desfavorable en capital. Es un ejecutivo ibamos por el demandado. El saldo deudor q reclama el banco derivaba del cierre de una cta cte "operativa" Opusimos inhabilidad de titulo x q el certificado de saldo deudor presentado x el banco x entender q eran deudas derivadas de emision de cheques, tarjetas de credito y un prestamo personal impago. La actora dice q el documento cumple con todos los recaudos legales para ejecutar. El Juez entiende q cumple con las formas extrinsecas ese documento y x lo tanto seria ejecutable y q no se nego la existencia de la cta cte ni la deuda ni las formas extrinsecas del documento. No se hizo x q el demandado lo habia firmado documentacion y x q el no lo negaba lo q queria era q se reclame x otra via para q llevara mas tiempo el juicio. Sostiene ademas el Juez q unicamente hubiera prosperado la excepcion si se hubiera pretendido ejecutar saldo deudor de una cta cte con relacion a la emision de una tarjeta de credito y q se podran plantear cuestiones q estime ertinentes x la via del art 553 CPCC . La deuda es de 110.000$ mas intereses SIN CAPITALIZAR TASA ACTIVA BCO NACION dde el 1/7/13 HTA EL EFVO PAGO Y Q LOS INTERESES NO PODRAN CAPITALIZARSE DDE EL CIERRE DE LA CTA SALVO LO DISPUESTO X EL ART 623 CCIV. Siempre apelamos todo pero apelar implicaria mas costas si sale mal q es lo mas probable no se q opinan agradeceria q con su experiencia nos orienten. Adri *flor*
 #1017721  por legalescom
 
Entendería que, tu cliente, estaría en el horno y no le veo salida.
 #1017741  por adrianne
 
Gracias legales! yo creo lo mismo y el tema es q voy a seguir generando honorarios, intereses, etc x eso me pareció mejor no apelar pero hacerle firmar a el si me da el ok q no quiere apelar x q es medio jodido y a lo mejor dice q yo no apele q opinas? *flor*
 #1017814  por legalescom
 
Si, mejor que te firme la conformidad para no apelar y, de paso, pedí una audiencia, a fin de tratar la forma de pago, si ello le resultare posible. Suerte
 #1017830  por adrianne
 
Gracias legales! yo habia pedido la audiencia cdo opuse la excepcion pero directamente dicto sentencia . Se puede reiterar ese pedido en esta instancia? Adri *flor*
 #1017962  por legalescom
 
Cód. Procesal de la Capital Federal

LIMITES Y MODALIDADES DE LA EJECUCION

Art. 558 BIS. - Durante el curso del proceso de ejecución, el juez podrá de oficio o a pedido de parte, y si las circunstancias así lo aconsejaren, fijar UNA (1) audiencia para que comparezcan ejecutante y ejecutado con el objeto de establecer la forma más rápida y eficaz de satisfacer el crédito, procurando evitar perjuicios innecesarios.

A esta audiencia deberán comparecer las partes personalmente, y se celebrará con la que concurra. No podrá señalarse UNA (1) nueva con el mismo objeto, ni tampoco podrá el ejecutado promover posteriormente incidentes por causas anteriores que no fueron invocadas en dicha audiencia.
 #1018635  por adrianne
 
Gracias !!! lo enontre despues! q puede pedirse aunque haya sentencia. Igualmente arreglé con el bco extrajud. igual le hice firmar q no queria apelar. Me congelaron los intereses desde el arreglo y pactamos 48 cuotas fijas . Van a retirar del deposito del bco de lo q estaba embargado la primer cuota y los honorarios la diferencia se la queda mi cliente. Interes q aplicaron x lo anterior como dice la sentencia TABN . Gracias x tu ayuda! Adri *flor*